Derecho Internacional Privado
Jurisprudencia
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SUCESIONES. Matrimonio celebrado en el extranjero con el causante, existiendo una unión no disuelta en el país. Celebración de segundas nupcias con posterioridad al divorcio decretado en Argentina conforme a la ley 2393. Ausencia de conversión en divorcio vincular -ley 23515-. Sentencia que objeta la aptitud nupcial de la cónyuge supérstite por imp...>
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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. Orden público internacional. Matrimonio celebrado en el extranjero. Reconocimiento. Legitimación para oponerse del Ministerio Público Fiscal. Sucesión. Vocación hereditaria. Cónyuge supérstite
“Courouyan, Rodolfo s/Sucesión ab-intestato” - CNCIV - 12/2014
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SUCESIÓN. CONYUGE SUPERSTITE. Matrimonio celebrado en el extranjero. Matrimonio anterior. Divorcio ley 2393. Legitimación del Ministerio Público Fiscal. Derecho internacional privado. Orden público internacional