LEGISLACION Volver >
Disposición 8/2023 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL. Transcurridos sesenta y un (61) días desde la publicación de la presente disposición en el Boletín Oficial, el cómputo de todos los plazos registrales solo deberá realizarse de conformidad con lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación y la ley 17801.
Citar: elDial.com - CC7AE5
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023
Publicado en el B.O.: 29/05/2023
Ver texto completo de la norma
Citar: elDial.com - CC7AE5
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?
Formá parte de elDial.com y obtené acceso a novedades jurídicas, nuevos fallos y sentencias, miles de modelos de escritos, doctrinas y legislación actualizada. Además, con tu suscripción accedes a muchos beneficios y descuentos en las mejores editoriales, libros y cursos.