EDITORIAL Volver >
Una tendencia irreversible:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación admite la legitimación colectiva de las asociaciones de consumidores
Citar: elDial.com - CC3AD9
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Una tendencia irreversible: La Corte Suprema de Justicia de la Nación admite la legitimación colectiva de las asociaciones de consumidores (*) |
Por Flavio Lowenrosen [1] |
A
la luz de una conversación que tuve hace unos días con un
colega que trabaja en este tema, decidí escribir esta
editorial, en la cual mencionaré el camino que está
“andando” Entiendo
que resulta importante, trascendente, difundir estas
acciones, ya que, tal lo señalo desde antaño, constituyen
un medio esencial para la protección del universo de
usuarios y consumidores que resulten afectados como
consecuencia del actuar de un proveedor o del propio Estado. En
este breve artículo, mencionaremos algunos de los
últimos pronunciamientos de ·
Del trato discriminatorio
en el acceso y uso de servicios públicos, ·
De la existencia de Cláusulas
Abusivas insertas en un “contrato masivo”, ·
De haber sido objeto de un
cobro en exceso, por parte de los proveedores, ello como
consecuencia que: --
Perciben sumas de dinero en
concepto de rubros no autorizados por la normativa, --
Perciben sumas de dinero por
conceptos no pactados contractualmente, --
Perciben sumas de dinero que
resultaban abusivas, ya que excedes largamente los valores de
mercado. ·
Que el proveedor no
reconoce a favor de los usuarios ciertos derechos
económicos que están consagrados en la normativa. En
la mayoría de las situaciones descriptas[2],
nos encontramos frente a la afectación de derechos
individuales homogéneos, es decir se lesionan derechos que
pertenecen exclusivamente a cada persona (por ejemplo económicos).
Llegado el caso (por lo menos en teoría) puede el afectado
hacer valer por sì su derecho, repercutiendo,
exclusivamente, en la reparación que se disponga. No
obstante, en virtud que la causa que motiva el daño a los
usuarios es común a todos, ya que emerge del accionar del
proveedor o del Estado que, llevando
a cabo un mismo tipo de conducta
afecta derechos del mismo
rango en todos los usuarios. Esa es una de las
razones por las que se admiten este tipo de acciones. A
continuación se incluye el
listado con detalle
de diversas causas en las que, 21
de agosto de 2013: 1.
“PADEC c. Swiss Medical S.A. s/ nulidad de cláusulas
contractuales” (P.361.XLIII
REX). 6
de marzo de 2014 1.
”Unión de Usuarios y Consumidores c/ Telefónica
Comunicaciones Personales S.A. - ley 24.240 y otro s/ amp.
proc. sumarísimo (art. 321, inc. 2° CPCC)" (U. 2. XLV
REX) 2.
“Unión de Usuarios y Consumidores
c/ EN – SC- resol 2925/99 y otros s/ proceso de
conocimiento” (U.53.XLVI; U.49. XLVI. RH) 3.
“Unión de Usuarios y Consumidores c/ Telefónica de
Argentina S.A. s/ sumarísimo” (U.56.XLIV REX) 24
de junio de 2014 1.“Unión
de Usuarios y Consumidores c/. EN - M° V E Inf. - Sec
Transporte - dto. 104/01 y otros s/ amp. proc. sumarísimo
(art. 321, inc. 2°, CPCC”, (U.29.XLVI) 2.
"Consumidores Financieros Asociación Civil p/ su
Defensa c/ 3.
"Consumidores Financieros Asoc. Civil para su defensa c/
Banco Itaú Buen Ayre Argentina S.A. s/ordinario”
(C.1074.XLVI REX) 4.
“Consumidores Financieros Asociación Civil c/ Mercantil
Andina S.A. s/ordinario” (C. 28. XLIX REX) 5.
“Consumidores Financieros Asociación Civil c/ Banco de 6.
“Consumidores Financieros Asociación Civil c/ Banco de 7.
“Proconsumer c/ Banco Santander Río S.A. s/ ordinario”
(P. 347. XLIX REX) 8.
“Proconsumer c/ Banco Patagonia S.A. s/sumarísimo” (P.
427. XLIX REX) 9.
"ADECUA c/ HSBC Bank Argentina SA y otro s/ordinario”
(A. 1091. XLVII REX) 10.
“Adecua c/ Fiat Crédito Compañía Financiera S.A. y otro
s/ordinario" (A. 648. XLVIII REX) 11.
"Adecua c/ Toyota Compañía Financiera Argentina S.A.
s/ordinario" (A. 113. XLVII REX) 12.
"Adecua c/ Círculo de Inversores S.A. de Ahorro p/
Fines Determinados y otro s/ordinario” (A. 114. XLVII REX) 13.
“Adecua c/ Banco Columbia S.A. s/ ordinario” (A. 884,
XLVII REX) 14.
“Consumidores Financieros Asociación Civil p/ su Defensa
c/ Argos Compañía Argentina de Seguros Generales S.A.”
(C. 93. XLIX REX) 1
de julio de 2014 1.
“Consumidores Financieros c/ Finansur S.A. s/ ordinario”
(C. 534, XLVIII RHE) 2.
“Consumidores Financieros c/ BNP PARIBAS s/ ordinario”
(C. 1214, XLVI RHE) 3.
“Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de 4.
"Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios
de 5.
“ADDUC c/ Banco Columbia S.A. s/ sumarísimo” (A. 955. XLVIII. REX) 6.
“ADDUC c/ HSBC Bank Argentina S.A. s/ ordinario” (A. 76.
XLIX REX) 15
de julio de 2014 1.
“Proconsumer c/ Banco de 2.
“Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa
c/ Generali Argentina Compañía de Seguros S.A. s/
ordinario” (C. 65. XLIX. REX) 3.
“Consumidores Financieros Asoc. Civil para su Defensa c/
Citibank N.A. s/ ordinario” (C. 434. XLVII REX) 4.
“Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa
c/ El Comercio Compañía de Seguros S.A. s/ ordinario” (C.
92. XLIX REX)
[1] Email: flrsuplementoconsumidor@yahoo.com.ar El autor es titular de este artículo, y podrá difundirlo en cualquier momento, por todo medio y con cualquier fin, total o parcialmente [2] Con excepción al trato digno y no discriminatorio en el uso de servicios públicos, ya que si se brinda un servicio en condicione de discriminación a quienes viven en determinado sector o área, la mejora en las condiciones de la prestación repercutía, en todos los que eran afectados, positivamente.
|
Citar: elDial.com - CC3AD9
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?
Formá parte de elDial.com y obtené acceso a novedades jurídicas, nuevos fallos y sentencias, miles de modelos de escritos, doctrinas y legislación actualizada. Además, con tu suscripción accedes a muchos beneficios y descuentos en las mejores editoriales, libros y cursos.