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Expte. N° 28346 - “G. E., H. R. c/Colegio de Abogados de Entre Ríos s/acción de amparo” – STJ DE ENTRE RÍOS - 30/04/2026
Publicado por elDial.comEJERCICIO DE LA ABOGACÍA. INCOMPATIBILIDADES. MAGISTRADOS JUBILADOS. Acción de amparo contra el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos con el objeto de obtener la nulidad de la Resolución que rechazó la rehabilitación de la matrícula profesional del actor condicionándola a la previa suspensión de sus haberes jubilatorios. Derogación de la disposición del inc. g del art. 41.1, de la Ley N° 10.855 de Entre Ríos. Debate legislativo del que no surge una motivación específica ni una finalidad esencial que justifique la restricción impuesta. Limitación arbitraria y discriminatoria. DISIDENCIA: Falta de demostración de la manifiesta ineficacia o insuficiencia de las vías judiciales ordinarias disponibles. Consideración que la potestad de derogar normas de alcance general corresponde primariamente al Poder Legislativo.
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Términos mencionados en este fallo: jubilados, magistrados, abogacía, resolución, legislativo, ejercicio, incompatibilidades, matrícula, profesional, suspensión.
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