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Expte. N° xxx - “G.D.G. c/ V.J.M. s/ alimentos” – CÁMARA SEGUNDA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PLATA (Buenos Aires) – SALA II -
Publicado por elDial.comALIMENTOS PROVISORIOS. Cuantificación de cuota alimentaria equivalente al 30% del salario mínimo vital y móvil a cargo del progenitor. Madre posee trabajo de manera independiente con ingresos variables. Inexistencia actual por parte del padre de la relación laboral denunciada al inicio del proceso. Renuncia del propio alimentante a su trabajo. La decisión voluntaria no habría implicado necesariamente un menoscabo real de su capacidad económica. Procesos inflacionarios. Se modifica la sentencia de grado estableciendo la cuota de alimentos provisoria en la suma equivalente al 60% de la Canasta de Crianza que periódicamente publica el INDEC
Citar: elDial.com - AAEF42
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Términos mencionados en este fallo: proceso, relación, alimentos, provisorios, alimentaria, equivalente, ingresos, inexistencia, denunciada, alimentante.
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