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838839/23 – “FCA Compañia Financiera S.A. vs. Burela, Pedro Wenceslado por secuestro artículo 39” - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE SALTA – SALA II – 08/05/2025
Publicado por elDial.comSECUESTRO PRENDARIO. RELACIÓN DE CONSUMO. Actora apela la resolución de grado que declaró la inconstitucionalidad y consecuente inaplicabilidad al caso del artículo 39 del decreto ley 15.348 y recondujo la pretensión, confiriéndole el trámite de ejecución prendaria estatuido en los artículos 610 y 611 del Código Procesal Civil y Comercial. Deudor que es una persona física. PRESTAMISTA QUE ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS. BIEN PRENDADO QUE ES UN AUTOMOTOR ADQUIRIDO A TRAVÉS DEL SISTEMA DE AHORRO PREVIO. PRESUNCIÓN DE QUE EL DEMANDADO REVISTE EL CARÁCTER DE CONSUMIDOR FINAL. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 39 DEL DECRETO LEY 15.348. Existencia de una relación de consumo. BILATERALIZACION DEL PROCEDIMIENTO. Secuestro prendario que, así como está regulado, resulta incompatible con los derechos del consumidor si no se le confiere al deudor la posibilidad de ser oído con anterioridad al desapoderamiento del vehículo. SE ADMITE PARCIALMENTE EL RECURSO DEDUCIDO. Bilateralización y contradicción del proceso que deberá ordenarse en el primer decreto luego de que reingrese el expediente al juzgado de origen. Resolución que deberá otorgar al deudor una oportunidad previa al secuestro del bien prendado para que ejerza su derecho de defensa en juicio y oponga excepciones, de conformidad con lo previsto por el artículo 30 del decreto ley 15.348/46.
Citar: elDial.com - AAE8B6
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Términos mencionados en este fallo: secuestro, artículo, prendario, decreto, pretensión, consumo, comercial, resolución, inconstitucionalidad, ejecución.
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