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Expte. Nº 7770-24 – “Palermo Lucía Fernanda y otro c/ Reinhart, Edgardo Aníbal y otro s/ ordinario" - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERÍA - CIRC. II - GENERAL PICO (La Pampa) – 06/08/2024
Publicado por elDial.comDAÑOS. MEDIANERA. Acción preventiva a fin de evitar el agravamiento de los daños producidos en el inmueble de propiedad de los accionantes, por la obra realizada en el inmueble contiguo. Proceso de subdivisión. Pericia. Al momento de interponer la acción ya no había caída de agua sobre el inmueble de los actores. Falta de cumplimiento de presupuestos. ARTÍCULO 1711 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. No se ha acreditado que la solidez y estructura del inmueble propiedad de los actores pueda sufrir daños, ni hundimiento del muro divisorio. Se confirma el rechazo de la demanda
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Términos mencionados en este fallo: inmueble, acción, principio, comercial, preventiva, propiedad, interponer, sentencia, constitucional.