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El dolo en el delito de evasión tributaria. Análisis de la omisión de presentar la declaración jurada
Por Gala Garriga
Publicado por elDial.com
“El sistema tributario argentino funciona bajo un modelo de autodeterminación, el cual podemos definir como el acto o conjunto de actos dirigidos a precisar, en cada caso, si existe una deuda tributaria (an debeatur), quién es el obligado a pagar el tributo al fisco (sujeto pasivo) y cuál es el importe de la deuda (quantum debeatur). Siendo las declaraciones juradas la vía a través de la cual el contribuyente exterioriza la información necesaria para que la Administración ejerza sus funciones de verificación y fiscalización. En este contexto, la obligación de presentar declaraciones juradas constituye uno de los ejes estructurales del sistema tributario. Tales presentaciones se encuentran sujetas a fiscalización por parte del organismo recaudador y, en determinados supuestos, pueden dar lugar a imputaciones por el delito de evasión tributaria. Una de las problemáticas que se suscitan en torno a las declaraciones juradas se origina cuando estas no son efectivamente presentadas. La ausencia de presentación puede dar lugar, bajo determinados presupuestos, a la imputación por evasión tributaria, en la medida en que concurran los elementos típicos previstos por la ley. No obstante, el delito exige el despliegue de una conducta que conlleve un ardid o engaño idóneo para inducir a error al organismo recaudador. Es por ello, la simple omisión de presentar la declaración jurada, considerada aisladamente, no parece satisfacer esa exigencia. En consecuencia, el carácter de ultima ratio del derecho penal impone una interpretación restrictiva del tipo, reservando su aplicación a comportamientos con verdadera aptitud engañosa. La omisión en la presentación de declaraciones juradas no reúne esa idoneidad y, por lo tanto, no puede ser considerada suficiente para configurar el delito de evasión tributaria. Sin perjuicio de ello, la jurisprudencia ha tendido a equiparar la falta de presentación de declaraciones juradas con su presentación con datos falsos, desdibujando la distinción entre infracciones formales y conductas de relevancia penal. Este trabajo examina los principales criterios jurisprudenciales y doctrinarios en torno a esta problemática, con el fin de demostrar por qué la omisión de presentar declaraciones juradas no constituye, por sí sola, una conducta idónea para configurar el delito de evasión tributaria.”
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Términos mencionados en esta doctrina: tributaria, declaraciones, juradas, presentar, presentación, tributario, debeatur.
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