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Extinción del Contrato de Trabajo y sus modificaciones. Comentario a fallo: “Vizzoti, Carlos c/AMSA SA s/Despido” – CSJN - 14/09/2004

Por Luis A. Rodríguez Saiach

Publicado por elDial.com


“...Con relación a su naturaleza jurídica se dijo que, para que resulte procedente la indemnización sustitutiva del preaviso (art. 232, L.C.T.) no es imprescindible demostrar que haya mediado una omisión patronal "culpable o dolosa" de la parte que extinguió el vínculo sin otorgar el preaviso. Ello así, porque, como ocurre -por regla, y salvo excepciones puntuales (v.g., arts. 24 y 95 , L.C.T.)-, con las restantes indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, el aludido precepto contempla un supuesto de responsabilidad objetiva que se presume legalmente a partir del mero incumplimiento de la obligación (otorgar el preaviso), sin que resulte necesario acreditar un factor subjetivo de atribución de responsabilidad para imputar las consecuencias indemnizatorias al empleador, lo que tiene como contrapartida, en la sistemática de aquélla ley, la tarifación legal de la cuantía del resarcimiento .”

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Términos mencionados en esta doctrina: artículo, trabajo, indemnización, preaviso, contrato, empleador, supuesto, trabajador, relación, extinción.

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