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Causas de la insolvencia. Contingencias económicas del desequilibrio patrimonial
Por Marcelo Urbano Salerno y Javier José Salerno
Publicado por elDial.com
“Una nueva concepción se está abriendo camino, más allá de la ruptura del vínculo acreedor-deudor, a raíz del incumplimiento de este último. Anteriormente, el concurso de los acreedores o la bancarrota (italianismo empleado en la Constitución art.75 inc. 12), era una sanción aplicada por el derecho privado al incumplidor de los compromisos contraídos a fin de eliminarlo como agente operador en los mercados. Ha sido una visión de tipo subjetivo que es impropia: lo correcto está en apreciar objetivamente las causas de la frustración del emprendimiento y efectuar su prospección para tratar de superarlas a fin de poder rescatar a la empresa que resultase deficiente. He aquí el nudo del problema: intentar el salvataje de la empresa que está en crisis mediante su reorganización, el saneamiento del pasivo acumulado mediante la reestructura y revisión de la deuda contraída.”
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Términos mencionados en esta doctrina: acreedores, fenómenos, actividad.