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Desmantelamiento del modelo tutelar en el Juzgado Penal Juvenil de Valle de Uco, Mendoza
Por Teresa Catalina Di Bari y María Paula Furque
Publicado por elDial.com
“Como es sabido, el paradigma de la situación irregular (también conocido como modelo tutelar, asistencial o paternalista) rigió en nuestro país durante casi un siglo, desde el año 1919, con la sanción de la ley Agote, hasta el año 2005 con la sanción de la ley 26061. Durante esos años, las miradas y las intervenciones dirigidas a la niñez fueron modificándose paulatinamente, en especial desde la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño en el año 1990, y su posterior incorporación al texto de la Constitución Nacional (artículo 75 inciso 22). Así, vale destacar que la provincia de Mendoza fue pionera en adecuar su legislación interna a este sistema, a través de la sanción de la ley 6354 en el año 1995.”
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Términos mencionados en esta doctrina: paternalista, necesidad.