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La incidencia de la normativa consumeril, dictada a propósito del COVID-19, en la actividad aseguradora
Por Mariela Lilián López y María José Sanchez
Publicado por elDial.com
“Así como propiciamos un diálogo de fuentes entre la normativa consumeril y el régimen normativo aplicable a la actividad aseguradora, prevaleciendo este último sobre aquélla por su carácter especial, deberíamos propiciar también por un diálogo (en sentido estricto) entre las autoridades de control. El error es considerar a cada ámbito de control como compartimento estanco inmerso en la Administración Pública Nacional. En efecto, sería de mucha utilidad o bien, el dictado de normativa conjunta entre los reguladores intervinientes, o al menos, la previa interconsulta entre éstos, para así evitar un conjunto de normativa que, en ocasiones, resulta redundante e ineficiente.”
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Términos mencionados en esta doctrina: normativa, consumeril, actividad, aseguradora.