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Algo más sobre el tiempo en los procesos; los domicilios y las notificaciones. Plazos en el CPCCN
Por Eduardo Sirkin
Publicado por elDial.com
"A modo de reseña, no obstante su obviedad, sabemos que el CPCCN se implementó por ley 17.454 que rigió a partir del 01 de Febrero de 1968 con las sucesivas modificaciones que fueron, si no en todo, en parte adecuando las normas rituales a las leyes que se fueron sancionando (ej. 22.434; 24.432; 25.488; 26.536; 26.589; 26.685; 26.790; 26.853 y Acordada 23/2013 de la CSJN; 26.854; Acordada 3/2015 de la CSJN) disponiendo e imponiendo la notificación electrónica para todos los procesos que se tramiten ante la Justicia Nacional cualquiera sea su trámite."
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Términos mencionados en esta doctrina: notificaciones, acordada, domicilio, partir, procesos, notificación, tribunal, procesal, tramiten, dispuesto.
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