Derecho Tributario
Jurisprudencia
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IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA. Empresa de distribución de gas por gasoducto. Pretensión de que se cese con el estado de incertidumbre sobre la manera en que debe distribuir la base imponible del impuesto entre las jurisdicciones en las cuales desarrolla su actividad. APLICACIÓN DEL ART. 2 DEL CONVENIO MULTILATER...>
“Gasnor S.A. c/ Salta, Provincia de s/ acción declarativa de certeza” – CSJN – 15/09/2015
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INGRESOS BRUTOS. Provincias. Medida cautelar. Cosa juzgada. Competencia originaria de la corte.
"ENOD S.A. c/ Buenos Aíres, Provincia de s/ incidente de medida cautelar." - CSJN - 15/09/2015
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IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES. La titularidad registral del inmueble no implica la exteriorización de una riqueza propia. Tercero que explotó y registró contablemente ese bien. Se privilegia indebidamente la aplicación del derecho privado
“Coll Azurmendi, Jaime Bernando (TF 26706-I) c/DGI s/recurso directo ” - CNACAF - 25/06/2015
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Las jubilaciones son susceptibles de gravabilidad. Cuestión ajena a la órbita del poder judicial. Falta de prueba respecto de la confiscatoriedad del impuesto.
“Ferreri, Juan Carlos c/AFIP-DGI s/proceso de conocimiento” – CNACAF - 07/04/2015
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LOS BIENES PERSONALES. Amparo por mora. Percepciones. Res. Grales. N° 3378, 3379 y 3420/12.
“MARTINEZ OLGUIN JUAN JOSE s/ amparo” - TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION - 11/05/2015
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y AL VALOR AGREGADO. Valoración de la prueba en sede administrativa. Método determinativo. Ventas omitidas. Sociedad irregular
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Defraudación fiscal. Art. 46 ley 11.683 (t.o. vigente)
“Rutagro SRL s/recurso de apelación- ganancias” - TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN - 20/03/2015
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Rentas de sociedades profesionales. Aplicación de la doctrina de CSJN sentada en la causa “Paracha”.
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Amortizaciones de bienes muebles. Vida útil razonable estimada por el contribuyente. El fisco necesita motivos categóricos que demuestren claramente la ausencia de razonabilidad en su cálculo.
“Sullair Argentina SA c/DGI s/recurso directo de organismo externo” – CNACAF - 24/02/2015
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Exenciones. Ley general y ley especial. Deslinde de competencias