Limpiar filtros

Suplementos

Inicio / suplementos
Derecho Penal y Procesal Penal:

noviembre  24, 2024

(5411) 4371-2806

Derecho Penal y Procesal Penal

Directores

Sección Derecho Penal Juvenil

  • Doctrina

    Las víctimas en la justicia juvenil. Tensiones y principio de especialidad

    Por Lucrecia Sammartino

    > Leer más

  • De qué hablamos cuando hablamos de justicia terapéutica en niños, niñas y adolescentes

    Por Claudia Andrea Ramis y Francisco Javier Bauza

    > Leer más

  • Jurisprudencia


    JUICIO POR JURADOS. RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Una Cámara en lo Criminal de la provincia de Chaco rechazó los planteos de excepción de competencia y de inconstitucionalidad del juicio por jurados para personas menores de edad contemplado en la normativa local (artículo 8 de la Ley 2951). Se conceptualizar el JUICIO POR JURADOS y se analiza el CORPUS IURIS DE INFANCIA, incluyendo legislación comparada. Se concluye que el PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD se aplica principalmente en una etapa posterior, al momento de determinar si se aplica o no una pena. Por lo que nada obsta a que los adolescentes puedan ser juzgados por jurados.

    JUICIO POR JURADOS. RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Defensa que plantea la inconstitucionalidad del juicio por jurados en caso de acusados menores de 18 años (art 8 LEY 2951) y la excepción de competencia: rechazo. Legislación comparada. CORPUS IURIS DE INFANCIA. PLUS DE DERECHOS. Precedente “Maldonado” (CSJN). JUICIO POR JURADOS: características. Mandato ...>

    "CABALLERO, SANTIAGO SAMUEL; PITALA, CRISTIAN ARIEL S/ HOMICIDIO CON ARMA DE FUEGO" – CÁMARA TERCERA EN LO CRIMINAL, PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, RESISTENCIA (Chaco) – 01/10/2024

  • RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Se revoca la orden de captura del imputado, quien al momento de los hechos era menor de edad. Por lo tanto, se aplican las previsiones de las leyes 22278 y 26061. En función del INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO resulta desproporcionada la restricción de libertad dispuesta.

    RÉGIMEN PENAL JUVENIL. ORDEN DE CAPTURA. Imputado que al momento de los hechos era menor de edad. RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa: procedencia. LEYES APLICABLES: 22278 y 26061. Medida que resulta desproporcionada. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. Se revoca la resolución apelada.

    “C., T. S. s/ robo de automotor o vehículo dejado en la vía pública” – CNCRIM Y CORREC – 03/09/2024

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE