Derecho Penal y Procesal Penal
Directores
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Martiniano Terragni
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Diego Freedman
Sección Derecho Penal Juvenil
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Doctrina
Las víctimas en la justicia juvenil. Tensiones y principio de especialidad
Por Lucrecia Sammartino
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De qué hablamos cuando hablamos de justicia terapéutica en niños, niñas y adolescentes
Por Claudia Andrea Ramis y Francisco Javier Bauza
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Jurisprudencia
JUICIO POR JURADOS. RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Una Cámara en lo Criminal de la provincia de Chaco rechazó los planteos de excepción de competencia y de inconstitucionalidad del juicio por jurados para personas menores de edad contemplado en la normativa local (artículo 8 de la Ley 2951). Se conceptualizar el JUICIO POR JURADOS y se analiza el CORPUS IURIS DE INFANCIA, incluyendo legislación comparada. Se concluye que el PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD se aplica principalmente en una etapa posterior, al momento de determinar si se aplica o no una pena. Por lo que nada obsta a que los adolescentes puedan ser juzgados por jurados.JUICIO POR JURADOS. RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Defensa que plantea la inconstitucionalidad del juicio por jurados en caso de acusados menores de 18 años (art 8 LEY 2951) y la excepción de competencia: rechazo. Legislación comparada. CORPUS IURIS DE INFANCIA. PLUS DE DERECHOS. Precedente “Maldonado” (CSJN). JUICIO POR JURADOS: características. Mandato ...>
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RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Se revoca la orden de captura del imputado, quien al momento de los hechos era menor de edad. Por lo tanto, se aplican las previsiones de las leyes 22278 y 26061. En función del INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO resulta desproporcionada la restricción de libertad dispuesta.
RÉGIMEN PENAL JUVENIL. ORDEN DE CAPTURA. Imputado que al momento de los hechos era menor de edad. RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa: procedencia. LEYES APLICABLES: 22278 y 26061. Medida que resulta desproporcionada. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. Se revoca la resolución apelada.
“C., T. S. s/ robo de automotor o vehículo dejado en la vía pública” – CNCRIM Y CORREC – 03/09/2024
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DERECHO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. RÉGIMEN PENAL JUVENIL. Un Juzgado en lo Penal Juvenil de Río Cuarto, en la provincia de Córdoba, exhortó a los medios de difusión a cumplir con la normativa vigente cuando divulgan noticias relacionadas con causas penales que involucren a niños, niñas o adolescentes. El juzgado destaca que las informaciones que permiten identificar a los involucrados, vulneran el DERECHO A LA DIGNIDAD y el PRINCIPIO DE INOCENCIA, ambos con protección constitucional y convencional.
RÉGIMEN PENAL JUVENIL. DERECHO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. Medios de comunicación que al informar sobre hechos delictivos que habrían sido llevados a cabo por personas menores de edad, publican datos que permiten su identificación. DERECHO A LA DIGNIDAD (art 22 LEY 26061 y art 25 LEY provincial 9944) que se vulnera. PRINCIPIO DE INOCENCIA que d...>