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Presentación de la obra “Derecho Penal, Parte General”, de Carlos Alberto Chiara Diaz, Ricardo Alberto Grisetti y Daniel H. Obligado, en la que ha colaborado Carlos Christian Sueiro, de Editorial La Ley
Facultad de Derecho. UBA. 12 de mayo de 2011
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Texto Completo
Presentación de la obra “Derecho Penal, Parte General”, de Carlos Alberto Chiara Diaz, Ricardo Alberto Grisetti y Daniel H. Obligado, en la que ha colaborado Carlos Christian Sueiro, de Editorial La
Ley |
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La
obra es bienvenida, se enrola en el selecto grupo de obras
generales de utilidad para estudiosos y prácticos del
derecho penal, de muy dificultosa confección. En los
tiempos que corren, nos concentramos en los trabajos sobre
temas específicos y nos resulta imposible concretar obras
generales que exigen sistematicidad y coherencia jurídica
e ideológica entre todos los temas desarrollados.-
El lenguaje empleado es ágil, de sencilla comprensión en el abordaje de los conceptos más difíciles, lo cual será muy apreciado por los alumnos e iniciados, y evita caer en la petulancia de hacernos creer que cuando se emplean palabras alambicadas es porque se está exponiendo algo complejo.- Además, al final incluye cuadros y esquemas que sirven de guía expositiva de los contenidos del libro.- Nuestros
estudios sobre pedagogía nos demostraron algo que intuíamos.
Los profesores necesitamos ser didácticos se deseamos
transmitir nuestras ideas, porque nuestros mensajes pueden
no estar llegando a los destinatarios como nos lo
propusimos. El Derecho penal que aquí se presenta, logra
ese cometido.- La
obra se ubica en una postura contenedora del poder
punitivo, de cuño garantista y liberal en lo penal, lo
cual ha sido tradicional en nuestras aulas.- Vale la pena reafirmar estos conceptos y no dejarse llevar por los modernos cantos triunfalistas donde el derecho penal es emplazado como un arma más a ser empleada en la lucha, el combate o la guerra contra esto y lo otro contra supuestos enemigos o extraños a los ordenamientos jurídicos locales e internacionales. Todo ello bajo el ropaje de fines preventivos.- Como
se ha comprobado hasta el cansancio, el ejercicio real del
poder punitivo, ha cobrado más vidas que las guerras
mismas, de modo que el derecho penal como área del saber,
deberá ser contenedor o no tendrá razón de ser. Una
cosa es actualizar los conceptos, acomodar las
definiciones a las apariciones de nuevas circunstancias
sociales, para contenerlas, explicarlas, y desarrollarlas
para que funcionen dentro del sistema jurídico
constitucional y democrático, y otra muy distinta es
legitimar la realidad brutal, la vieja razón de estado.
Es la diferencia entre el saber penal y una mera técnica.- Lamentablemente,
debo decir que veo que estamos produciendo muchos técnicos
con título y pocos abogados que ejerzan el derecho con un
sentido jurídico de justicia, ética, equidad, humanismo
y solidario, que va más allá de las doctrinas frías de
algunos autores que parece que escribieran como si a ellos
nunca pudiera pasarles lo que podría ocurrir si se
aplican sus postulados.- Como
alguna vez he oído de un viejo profesor, en Derecho, lo lógico,
lo perfecto, no siempre es amigo de lo bueno.- La
complejidad en la exposición en las obras de derecho
penal conquista contra su real comprensión y, por ello,
invita a la producción de decisiones intuicionistas a las
que después, se las viste con un ropaje jurídico de
citas ilustradas. Ello ocurre con frecuencia en distintos
trabajos, científicos o forenses, donde se recurre a la
cita de varios autores contradictorios entre sí para la
exposición de un mismo tema. Los resultados son unos
modernos Frankenstein que lucen radiantes pero que no
pueden sostenerse a sí mismos.- Por
eso celebro la aparición de esta obra. Aquí se exponen
con profundidad y claridad las diversas posiciones, sin
pretensión de genialidad ni soberbia intelectual, sino
con sentido pedagógico, para que el lector se “de
cuenta” de qué se trata.-
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