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Resoluciones dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”) (desde 26/04/2021 al 20/06/2021)
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Resoluciones
dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”)
(desde
26/04/2021
al 20/06/2021)
Por
María José Sanchez[1]
A
continuación,
detallamos las Resoluciones y Circulares más relevantes que la SSN ha
dictado
en el período señalado:
1)
Resolución
SSN Nº 492/2021 (B.O. 11/06/2021): Se dispuso,
hasta el ejercicio contable finalizado
el 30 de junio de 2022, la modificación de los topes previstos en los
incisos
a) y b) del Punto 39.1.2.4.1.1. del Reglamento General de la Actividad
Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de
2014, y
sus modificatorias y complementarias), de conformidad a lo expuesto en
la
mencionada resolución.
2)
Resolución
SSN Nº 481/2021 (04/06/2021): Se creó la
Mesa de Políticas con Perspectiva de Género y
Diversidad de la Superintendencia de Seguros de la Nación, como así
también se
aprobaron las acciones de la mencionada mesa.
3)
Circular
SSN N° IF-2021-49425419-APN-SSN#MEC (02/06/2021): Se dispuso
la exigibilidad
de la implementación de Libros y Registros Digitales (Resolución
RESOL-2019-1025-APN-SSN#MHA) a partir de los estados contables que
inician el
1° de julio de 2022 y subsiguientes. Se aclara que será potestad de
cada entidad
la utilización de lo dispuesto por la mencionada norma hasta tanto se
alcance
su exigibilidad.
4)
Resolución
SSN Nº 421/2021 (B.O. 19/05/2021): Se
modificó el Punto 33.4.1.4 del Reglamento
General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de
fecha 6
de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), que
refiere a la
reserva de Siniestros Ocurridos y no Reportados (I.B.N.R.) en materia
de
Seguros de Riesgos del Trabajo Ley N° 24.557.
5)
Resolución
SSN Nº 399/2021 (B.O. 11/05/2021): Se
aprobó el Reglamento de Recaudación de la
Contribución Obligatoria para el Fondo Nacional del Manejo del Fuego.
6)
Resolución
SSN Nº 378/2021 (B.O. 04/05/2021): Se aprobaron con carácter
general y de
aplicación uniforme las condiciones contractuales del “SEGURO DE
RESPONSABILIDAD CIVIL PARA VEHÍCULOS AÉREOS NO TRIPULADOS (VANT) Y
SISTEMAS DE
VEHÍCULOS NO TRIPULADOS (SVANT)", como así también se sustituyeron las
condiciones contractuales únicas del "SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PARA
VEHÍCULOS AÉREOS PILOTADOS A DISTANCIA" dispuesto en el Anexo del punto
23.6. Inciso e) del Reglamento General de la Actividad Aseguradora
(t.o.
Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014 y sus
modificatorias y
complementarias).
[1]
Abogada graduada con Diploma de Honor en la
Pontificia Universidad
Católica Argentina en el año 2010. Especialista en Derecho de Seguros y
Reaseguros. Ex Subgerente de Registros de la Superintendencia de
Seguros de la
Nación. Vicedirectora del Suplemento de Seguros y Reaseguros de
elDial.com
(Biblioteca Jurídica Online). Profesora universitaria asistente en el
Posgrado
“Especialización en Seguros” en la Universidad del Salvador. Curso de
Posgrado
en “Sociedades y Contratos Comerciales” dictado en la Pontificia
Universidad
Católica. “Premaster - Introducción a la problemática de la empresa”
dictado
por la Universidad Austral. Curso e-learning sobre Reaseguro dictado
por la
Fundación Mapfre con el aval de la Universidad de Salamanca.
Diplomatura de
Seguros dictada en la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales.
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