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Periodismo: puente entre hechos y público
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Texto Completo
Periodismo:
puente entre
hechos y público
Por
Julio A. J. Carrillo
El
Derecho Económico, es una disciplina
interdisciplinaria en la que se encuentran las relaciones entre
Derecho,
Economía, Sociología, Política entre otras y en esta presentación vamos
a dar
tres formas interdisciplinarias Derecho, Economía y Semiótica. De esta
forma
podemos cuestionar el pensamiento convencional que sitúa la atención
principal
existente en el Derecho y la teoría del Mercado con la responsabilidad
social,
la justicia y la creatividad. Con este enfoque vamos a distinguir la
eficiencia
que es la preocupación predominante y tradicional entre Derecho y
Economía.
Con
respecto a la creatividad desde la
perspectiva Semiótica, la misma se realiza en un ambiente ético de
responsabilidad social. Utilizando el método semiótico consideramos a
la
creatividad que es un motor básico de formación de riqueza y
prosperidad social.
Los
modelos que se aprenden en las facultades
de economía suponen que los seres humanos son máquinas absolutamente
racionales, capaces de efectuar millones de cálculos por segundo con el
objeto
de maximizar su utilidad.
La
Semiótica se centra en las investigaciones
sobre el comportamiento de las personas a la hora de tomar
determinaciones en
condiciones de incertidumbres. Las decisiones económicas, basadas en la
semiótica están condicionadas por las emociones y la memoria.
Los
medios de comunicación social, es decir el
periodismo en sus distintas formas, tienen que servir a la verdad,
haciendo de
puente sólido y fidedigno entre el hecho o suceso y el público, en
forma
totalmente clara para que este pueda comprenderlo existiendo un puente
entre ambos,
debiendo de tomar en consideración las situaciones de incertidumbre que
plantea
la semiótica.
Julio Cesar Crivelli, nos presenta “EL
FUTURO, LA INFRAESTRUCTURA Y LA VIVIENDA”, comenzando con una
introducción de la Argentina que ha llegado a una situación crítica en
todos
los órdenes de la vida social y económica, donde transcurrieron décadas
con
periodos de crecimientos y otros de caída severa. Sin embargo, ello no
debe ser
asumido como irreversible a pesar de la inversión bajísima durante las
últimas
décadas.
Se
da exceso de gasto público y pobreza
estructural, altos impuestos, la deuda pública y la inflación.
La
ecuación de poca inversión -poco empleo-
mucha pobreza.
Esta
es la ecuación del fracaso que debemos
quebrar con trabajo y conocimiento aplicado.
La
infraestructura y la vivienda son generadores
transitorios y permanentes de inversión y en consecuencia de empleo.
El
propósito del trabajo es difundir el
Programa de la Cámara Argentina de la Construcción, relacionado con la
situación de extremo déficit en que se encuentran la infraestructura y
vivienda
y proponer algunas ideas transformadoras que pueden cambiar la
gravísima
tendencia declinante.
Es
imprescindible que la Argentina adopte una
nueva orientación política e institucional en materia de
infraestructura. Hoy
nuestros escasos recursos se usan sin un sentido estructural del
desarrollo de
Argentina. Debemos volver a un uso jerarquizado y organizado de los
recursos
pensando siempre en generar inversión asociado al desarrollo.
Coincidimos
con el autor y señalamos que la
misión esencial de las Instituciones es la de dar límites justos a las
pretensiones y el accionar de los distintos grupos y su reconstrucción,
la que
solo es posible si se genera una estrategia que incluye a todos los
sectores de
la vida económica para el interés general y de esta forma lograr el
desarrollo
económico que en las situaciones actuales de nuestro país es tan
necesario,
como bien reivindica el autor.
Hubo
solamente tres periodos en que la
Argentina tuvo un plan de desarrollo, primero el plan
Alberdi-Sarmiento,
segundo el de Frondizi y por último la administración de Menem
(mediante
inversión privada con algunas justificadas criticas).
Para
lograr los resultados pretendidos, debe
contarse con los antecedentes que figuran en el anexo en el que se
adjuntan la
publicación de entes que aconsejan la adopción de políticas que
proponemos, se
refieren a Instituciones y Políticas de Australia, Canadá, Chile,
Italia y
Reino Unido.
La
SEGURIDAD JURIDICA, requiere nuevos
instrumentos y es un valor de la crisis en la vida Argentina. Sin
SEGURIDAD
JURIDICA no hay inversión, produciéndose el ahorro en el exterior en
activos
financieros.
El
principal infractor a la SEGURIDAD JURIDICA
es el Estado por lo que es imprescindible recuperar “el principio de
continuidad jurídica del Estado”.
Ante
los cambios de gobierno los contratos
anteriores son rescindidos, maltratados o alterados, sin que el poder
judicial
tenga la capacidad ni la vocación de impedir esta acción del Estado.
El
Estado Argentino debe convertirse en un
baluarte del cumplimiento de la palabra empeñada, con esquemas de
garantías que
despejen los temores del inversor.
El
autor enuncia algunas de las ideas que
considera como base mínima para la reforma política e institucional de
la
infraestructura Argentina:
1-Intangilinilidad
de los fondos enviados a
infraestructura.
2-
Estabilidad de los contratos
administrativos.
3-
Independencia del Directorio de la Agencia
Federal de Infraestructura.
CONCLUSIÓN,
EL DESAFIO DEL MOMENTO.
Es
necesario revertir la pobreza estructural,
la forma de hacerlo es aumentando la inversión, la infraestructura y la
vivienda. Son factores decisivos para que exista la inversión privada.
Hemos
visto que, igual que en siglo XIX existe
una oportunidad decisiva para la Argentina, derivada de una creciente
satisfacción de las necesidades de las grandes economías que se están
incorporando al consumo.
Se
requiere, más:
Servicios,
transporte, comunicaciones,
puertos, escuelas, hospitales, infraestructura, vivienda que estimulen
las
inversiones privadas, único camino para revertir nuestra economía
aletargada
por tantos años de desinversión.
EL
DESAFIO modificar su estructura
Institucional, de modo que estas nuevas Instituciones despierten
confianza para
que exista financiación competitiva, apta para una inversión masiva en
Infraestructura tanto local como internacional. Solo así habrá más
inversión
privada, más empleo y menos pobreza, no hay otro camino.
Coincidimos
con el autor cuando señala que es
hora de reincorporarse al mundo y de empezar a construir a partir de
las
enseñanzas que nos brinda nuestra propia historia.
Marcelo
Urbano Salerno
escribe sobre
“La PERSPECTIVA ECONÓMICA DEL CONTRATO”. En su artículo se puede
apreciar la
función que cumplen los mercados según las diversas clases de
operaciones a
realizar.
Marco
Aurelio Risolía sostuvo en su tesis
universitaria que el contrato moderno sufre la presión de los hechos
económicos
a expensas de la autonomía de la voluntad y de la fuerza obligatoria
del
vínculo debido a la política de los gobiernos destinada a intervenir en
los
mercados.
La
presencia del novísimo Código Civil y
Comercial unificado vigente es más o menos lo que decía nuestro antiguo
Código
derogado, no habiendo existido debates ni discusión parlamentarias.
Sosteniendo
que, si bien se predica la libertad contractual, está limitada por el
orden
público a causa de alguna emergencia. Transcribiendo los artículos 958,
962,
965 y 1099.
Luego
de estas consideraciones previas, pasa a
señalar que existe una relación recíproca entre Derecho y Economía,
bajo un
enfoque multidisciplinario, comprendiendo las operaciones en el mercado
y
elaborándose una concepción a correlacionar ambas disciplinas,
naturaleza
económica de las reglas.
En
el “common law” surgió la corriente
empírica del análisis económico, siendo fundamental la obra de Ronald
H. Coase,
Premio Nobel 1991.
Por
otro lado, la Doctrina Francesa siguiendo
a Jean Tirole -Premio Nobel 2014-, sostiene que la regulación jurídica
del
contrato debe hacerse desde la perspectiva económica, ocupándose de los
mercados imperfectos y de la regulación de las empresas, imprimiéndole
un
enfoque económico.
En
Francia, anteriormente, se habían realizado
investigaciones sobre la materia en la Universidad de Rennes bajo la
dirección
de Jean Paillusseau, agudo observador de las transformaciones habidas
en los
contratos. Era necesario organizar la actividad económica, anticipando
las
propuestas de Tirole.
El
contrato es un elemento regulador de la
estructura empresarial que cubre los distintos aspectos para realizar
los fines
de la empresa, el derecho de la competencia es una simbiosis entre
Derecho y
Economía, la tesis de Paillusseau fue premonitoria y continúa teniendo
vigencia.
Siguiendo
a dichos autores, el Dr. Salerno
considera indispensable aplicar el Código Civil y Comercial unificado
que nos
rige mediante el enfoque económico del contrato, basándose en las
operaciones
de mercado en la autonomía de la voluntad para regular las cláusulas
que las
regulan. Así se hallará el método que permita conocer los valores
pecuniarios
tenidos en cuenta al contratar y la formación de los precios respecto
de bienes
y servicios, en cierta medida implica evaluar los efectos de la
política
monetaria sobre las convenciones.
Resulta
sumamente satisfactorio poder brindar
a nuestros lectores el enfoque económico de los contratos y,
fundamentalmente,
la autonomía de la voluntad para regular las cláusulas de las mismas,
pudiendo
tener en cuenta los valores pecuniarios al contratar.
Rodolfo
G. Papa,
nos presenta “UNA
APROXIMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO DE UNA LABOR DE DEBIDA DILIGENCIA
(DUE
DILIGENCE) Y SU IMPACTO EN LA ESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS CORPORATIVOS”,
consistente en una serie de reflexiones de última generación con
respecto al instituto
de “due diligence” ante la evolución operada en nuestro ordenamiento
jurídico
en los últimos cinco años.
Nos
encontramos con las consecuencias
jurídicas y la vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación y con
otras
trascendentales reformas legislativas como la Nueva Ley de
Responsabilidad
Penal Empresaria (Ley 27.401) y la ley de Defensa de la Competencia
(Ley 27.442)
que atribuyó en forma independiente responsabilidad a las personas
jurídicas
locales por la comisión de ciertos delitos contra la Administración
Publica y
el soborno Internacional.
Otra
temática sustantiva que ha sido incorporada por la nueva Codificación,
y que
posee una directa interacción con una labor de debida diligencia como
parte de
la construcción del consentimiento contractual en el proceso de compra
de una
compañía, es la referida a la regulación de la que podríamos denominar
como
etapa preliminar o precontractual, que metodológicamente lo encontramos
entre
sus artículos 990 a 993.
Se
hace mención a la legislación extranjera, como
por ejemplo la Ley de prácticas corruptas en el extranjero de los
Estados
Unidos, en el que se ha regulado en detalle las características
distintivas de
una labor de due diligence
anticorrupción en procesos de
fusiones y adquisiciones, habiendo publicado la legislación de Estados
Unidos
en Abril del corriente año una guía actualizada por el departamento de
justicia,
pudiendo consultarse una versión completa de dicha guía a través del
siguiente link:
https://www.justice.gov/criminal-fraud/page/file/937501/download.
Concluyendo
con la mención de la Ley de
Defensa de la Competencia (Ley 27.442) bajo el evento de “Concentración
Económica”, entendiendo por concentración económica la toma del control
de una
o varias empresas, enunciando los actos que tipifican la concentración
económica desde la fusión entre empresas a cualquiera de los actos que
señala
que implique la influencia sustancial en la estrategia competitiva de
la
empresa.
Cuanto
mayor sea el grado de diligencia y
recaudos que hubieran sido adoptados por los contratantes (y sus
respectivos
asesores legales y contables). Mayor será la probabilidad en la
identificación
de riesgos, a los fines de su cobertura y diseño de mecanismos de
protección
jurídica, para de este modo, reducir la ocurrencia de posibles
escenarios de
conflictividad.
El
desafío para los abogados que lideren estos
complejos procesos de investigación y elaboración de documentación,
permanece
abierto.
Corresponde
señalar que en el Prólogo de la
obra originaria el Dr. Eduardo M. Favier Dubois concluyó diciendo
“Estoy seguro
de que en muy breve plazo ganará
un
lugar de privilegio
entre las
herramientas para el logro de
la
excelencia en las prácticas jurídicas y económicas y también en el
camino que
conduce al trabajo fecundo de abogados y contadores en conjunto, tan
necesario
para el progreso de nuestra querida patria”.
Resulta
una satisfacción para el suscripto
haber brindado a nuestros lectores, el presente artículo.
Jorge
R. Enríquez
nos envía su aporte bajo
el título de “EXPORTAR ES CRECER”, señalando que exportar significa
vender,
trocar, donar bienes y servicios por parte de los residentes de un país
a los
de otro, marcando las distintas aplicaciones que la teoría económica ha
ensayado.
Las
exportaciones componen el PBI, por tanto
un crecimiento de las mismas “ceteris paribus” producirá crecimiento
económico.
Continúa
analizando los efectos que producen
las exportaciones, vinculándolas con el proceso inflacionario del nivel
de
precios, es decir inflación por lo que los países importadores
demandarán menos
del bien o servicio que se está encareciendo.
La
política aduanera tiene un impacto
significativo en las exportaciones y la administración del Presidente
Mauricio
Macri en la Argentina a fines del 2015, quitó las retenciones a la
mayor parte
de la industria.
Para
un justo intercambio existen entidades
reguladoras como la Organización Mundial del Comercio. Además de
mantener la inflación
bajo control y una estructura de tributos aduaneros razonables, resulta
necesario invertir en investigación y desarrollo, con transportes
eficientes ya
que los países exportadores no pueden darse el lujo de quedarse atrás
de sus
competidores por que pierden sus mercados muy rápidamente (ver México).
Llegamos
a la pregunta fundamental de este artículo:
¿Qué exporta Argentina?
Señala
las exportaciones que realizó la
Argentina en el año 2018 y que se especializa en sector oleaginoso
(complejo
sojero 25%).
Estas
circunstancias prueban cómo el régimen
arancelario de un país puede afectar notablemente la asignación de sus
recursos.
El
autor a continuación analiza las exportaciones
y su crecimiento a partir del análisis de diversos gráficos.
La
Figura 1: exportaciones por complejos. Año
2018.
La
Figura 1 aporta una radiografía de los que
exportamos, el top 5 está compuesto por el sector oleaginoso,
cerealero,
automotriz, minero y petrolero, en ese orden.
Para
probar el sustancial cambio en la
composición de las exportaciones desde la administración Macri analiza
el
cuadro de la Figura 2.
La
Figura 2, presenta la variación acumulada
de exportaciones por complejos en los años 2015-2018.
Es
espectacular el cambio en el complejo
petroquímico (90%), en base a las modificaciones de los cuadros
tarifarios en
el país y las cuantiosas inversiones que ha recibido el sector,
producto de la
desregulación.
Cabe
destacar también el crecimiento del 50%
del complejo cerealero. El complejo pesquero y el sector bovino también
han
tenido un notorio incremento, esos tres sectores contaron con la
eliminación o
reducción de las retenciones aduaneras y la apertura del mercado fue el
principal aliciente para su recuperación.
El
sector automotriz creció casi un 25% en
base a menores retenciones y al mercado brasileño.
Argentina
desde 2015 ha avanzado hacia una
estructura más diversificada de su matriz exportadora. Todavía hay
muchos
desafíos a atender para continuar impulsando las exportaciones, como
avanzar en
el proceso de desinflación, mejorar la estructura tributaria hacia una
menor y
más eficiente presión fiscal e impulsar el desarrollo tecnológico para
estar a
la altura de un mundo globalizado que se vuelve día a día más
competitivo.
Daniel
Gerardo Reynoso
nos presenta “ACUERDO
DE ASOCIACIÓN ESTRATÉGICA ENTRE MERCOSUR Y LA U.E. SEMBLANZA DEL TEXTO
INICIAL”.
El anuncio de la firma del acuerdo generó en la Argentina
manifestaciones de
variada orientación, a favor, en contra y en forma neutra, ello se debe
a que
el conocimiento disponible es limitado.
Señalando
que el presente artículo consiste en una apretada síntesis de algunas
expresiones que se han publicado y su finalidad es brindar una
semblanza de lo
que se ha dicho, esta es mínima pero nos permite tener una noción
aproximada
del acuerdo.
El
acuerdo
se firmó entre el Mercosur y la U. E en Bruselas el 27 de Junio del
2019 en
coincidencia con la reunión del G20 2019 de Osaka Japón.
Es
un
acuerdo entre 4 países del Mercosur y 28 de la Unión Europea.
Existe
una breve reseña histórica que va desde el año 1999 con el precedente
de 1994,
2010, 2016.
Pero
es
un texto inicial incompleto que debe someterse a revisión y
traducciones de los
distintos países por lo que no es un texto legal definitivo.
Vemos
además que la diferencia relativa entre los dos bloques se calcula que
la U.E
ahorrará de aranceles 4 mil millones y el Mercosur 400 lo que trata de
compensarse en los plazos en que se harán gradualmente estos acuerdos.
El
acuerdo tiene mecanismos para evitar el fraude, la protección de la
identidad
de los productos y medidas para la trata de personas.
El
acuerdo crea riesgos para el Mercosur.
En
el
último capítulo señala el autor las oportunidades y desafíos del
Mercosur y
Argentina.
El
Mercosur obtiene plazos de hasta 15 años para liberar sectores
sensibles y
favorece el comercio intra- industrial al reducir aranceles para
insumos y
bienes de capital. Con respecto a las micro, pequeñas y medianas
empresas se
prevé asistencia financiera y cooperación técnica, participación en las
compras
gubernamentales.
Para
Argentina el acuerdo presenta una oportunidad histórica con un hito que
rompa
la cerrazón que existe con el comercio exterior.
Cita
el
Banco Mundial refiriéndose al año 2018 del comercio internacional
(exportaciones e importaciones), que el PBI de Argentina ocupa un poco
favorecido lugar en las series que presenta.
El
acuerdo tiene la potencialidad de impulsar el incremento del PBI a
través de la
transformación de la matriz productiva, la integración del país en las
cadenas
de valor, generación de empleo y desarrollo de economías regionales,
inciden el
ámbito de la cultura y de los valores generando calidad institucional,
vinculo
política cultural económica estratégico y permanente con la U. E y
consiste en
una normativa transparente y consensuada que reduce la discrecionalidad
en la
aplicación de políticas económicas.
La
reflexión del autor es: “Sin
menoscabo de las posiciones individuales, es deseable que los
potenciales
riesgos y oportunidades que presenta el Acuerdo se evalúen en
perspectiva,
mirando por encima del nivel de las vicisitudes cotidianas que
condicionan la
vida de nuestro país”.
Compartimos
la posición del autor y deseamos que el acuerdo sea un instrumento para
beneficiar a la Argentina.
Eduardo
Conesa
nos presenta “EXPECTATIVAS EN CUANTO A LOS RESULTADOS DE LA
ELECCIÓN DE OCTUBRE” señalando las oportunidades que tiene el
Presidente Macri,
si adopta el plan económico que sintéticamente se explica en este
escrito y
está desarrollado en el libro mencionado en el final “PROPUESTAS
SUPERADORAS
PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, Prosa Editores, Buenos Aires 2018 de
EDUARDO
CONESA”.
Para
tratar el caso argentino, el autor desarrolla una serie de
consideraciones que
abarcan, en 1985 el gobierno del Dr. Alfonsín, en 1990, el gobierno del
Presidente Menem, como así también el periodo de la presidente Cristina
Kirchner.
Desarrolla
una política superadora con un programa desarrollista de corto y largo
plazo
que cambie las expectativas pesimistas del proyecto Dujuvne y el
Kirchnerista.
Compara
con el sistema Chileno de indexación de depósitos bancarios, libertad
de
indexación, bancarización, tipo de cambio competitivo y superávit
fiscal. Rechaza
que dicho sistema repotenciaría la inflación, citando a Milton Friedman
-Premio
Nobel del liberalismo-, quien afirmaba que el gran perjuicio de la
inflación es
el disloque de los precios relativos, pero que una inflación pareja
para todos
los precios y salarios es inocua con lo que el sistema chileno podría
prosperar.
En
el caso Argentino, señala que el sistema de política económica
propuesto
impulsaría el crecimiento de las exportaciones en un 15 % anual, baja
rápida
del riesgo país en menos de un año y el rápido crecimiento exportador
tendría
un efecto multiplicador sobre el PBI y el empleo que debería crecer al
5% anual
por lo menos.
Dentro
del plan de reformas fiscales y monetarias se dictaría una ley marco
para
invitar a las provincias ha adherirse a la implementación del mismo,
lográndose
una reforma progresiva y productivista en el mismo tiempo.
Trata
también en las reformas fiscales la temática de los aportes patronales
y la
tasa del IVA, eliminando los primeros y compensar al ANSES con aumentos
de la
tasa del IVA.
Concluye
el autor señalando que estas medidas forman parte de vasto plan
económico para
nuestro país, que incluye la transformación del acuerdo con el Fondo
Monetario
Internacional en una EXTENDED FUND FACILITY y muchas otras medidas
desarrollistas con la reforma del Estado para dotarlo de mayor
eficiencia y
para el establecimiento de un sistema por mérito de ingreso a las tres
ramas de
la administración como existe en los países desarrollados.
El
autor recomienda la lectura del libro mencionado enwww.diputadoconesa.com y www.eduardoconesa.com.ar.
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