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Sin consenso e independencia de los jueces no habrá transformación legítima de la justicia
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Sin consenso e independencia de los jueces no habrá transformación legítima de la justicia |
Por Carlos A. Chiara Díaz |
Las
decisiones coyunturales, adoptadas en ámbitos cerrados, no
resultan propicias para alcanzar propuestas que comprometan
al espectro político y a los operadores judiciales en
beneficio de la gente y con respeto del diseño
constitucional vigente, el cual fue producto en 1994 del
consenso genuino.- Entre
todos habrá que buscar el mejor sistema para logar un acceso
rápido a los tribunales e integrantes del Ministerio Público
Fiscal y de la Defensa, donde los trámites sean
transparentes, efectivos y concluyan en plazos razonables con
decisiones fundadas, claras y controlables por un régimen ágil
e igualitario de recursos, sin crear nuevas instancias como
las tres (3) cámaras de Casación Federal en lo Contencioso
Administrativo, en el fuero del trabajo y la seguridad social
y en lo civil y comercial, las cuales sirven solo para
demorar las definiciones de los conflictos, sin poder
eliminar la intervención de la C.S.J.N. Ello ha provocado la
alarma de diversos sectores, como el de los jubilados, ya
castigados con un lento sistema de pagos de lo resuelto con
reiteradas oportunidades por el más alto Tribunal de la República,
y que ahora se encontrarán con un nuevo obstáculo, el cual
seguramente les impedirá percibir en vida sus créditos.- El
nuevo Consejo de la Magistratura elegido por voluntad popular
a partir de agosto y octubre por boletas complementarias de
los partidos y alianzas políticas, sustituyendo la elección
de los representantes de los académicos, jueces y abogados,
llevará inexorablemente a la politización de los
magistrados nombrados y eventualmente separados de sus
cargos, instaurando la fidelidad partidaria como guía de
actuación, en una suerte de labor auxiliar de lo que se
decidió como proyecto en los ámbitos de los Poderes
Ejecutivo y Legislativo.- Asimismo,
la restricción y cuasi eliminación de las medidas
cautelares dictadas en los procesos en los que el Estado
Nacional y sus entes descentralizados sean parte, perjudicará
a los ciudadanos y beneficiará al poder, sobre todo a los
responsables políticos de provocar por negligencia o dolo la
afectación de los derechos humanos y patrimoniales de los
sectores más vulnerables de la sociedad, como se vio en las
recientes inundaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y en la Provincia de Buenos Aires, brindándole a aquellos un
monto de impunidad a pesar de haber omitido cumplir con sus
deberes y resultar infieles representantes del
pueblo.- En
ese contexto, la publicación obligatoria en internet de las
decisiones de la C.S.J.N., de los Tribunales de segunda
Instancia en lo Federal y de las Cámaras Nacionales de
Apelaciones; el dar carácter público a las declaraciones
juradas integrales de los Funcionarios Públicos y regular el
ingreso democrático e igualitario al Poder Judicial de la
Nación y de los Ministerios Públicos, no resultan medidas
suficientes y aptas para el cambio porque quedarán
absorbidas y/o distorsionadas por estar inmersas en un
sistema que desvirtúa y perjudica la existencia de un Poder
Judicial independiente, que debe llevar a cabo el control de
constitucionalidad y de respeto de los derechos humanos por
los funcionarios del Estado, a través de sentencias y
decisiones que se cumplan.-
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