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noviembre  22, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. Nº SI-13057-2019 - "S. S. A. c/ L. M. G. s/ Alimentos " – JUZGADO DE FAMILIA Nº 1 DE SAN ISIDRO (Buenos Aires) - 01/06/2020 (Sentencia no firme)

Publicado por elDial.com

CORONAVIRUS. OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LOS PROGENITORES. CONTEXTO DE PANDEMIA. Habilitación de asueto judicial. Sentencia dictada en el marco de la normativa de SCBA para la prestación del servicio de justicia en la modalidad de trabajo remoto durante el aislamiento. DETERMINACIÓN DEL MONTO DE LA CUOTA ALIMENTARIA. Referencias acerca de la supuesta desvinculación de la heladería en la que trabajaba el progenitor. CARGA DE LA PRUEBA. DEMANDADO QUE SE ENCUENTRA EN MEJORES CONDICIONES DE PROBAR. Ausencia de prueba de que no pueda hacer frente a sus obligaciones derivadas de la responsabilidad parental. Inasistencia a las audiencias designadas a lo largo de diez meses. Valoración de las condiciones económicas del alimentante. SE ESTABLECE MONTO DE CUOTA ALIMENTARIA EN UN 30% DE LAS REMUNERACIONES QUE PERCIBA EL PROGENITOR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. SE FIJA UNA CUOTA MINIMA MENSUAL EVENTUAL ANTE EL DESCONOCIMIENTO DE SI TRABAJA ACTUALMENTE EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. RETENCIÓN DIRECTA. Mantenimiento del valor intrínseco. Actualización conforme al aumento de la prepaga

Citar: elDial.com - AABC6F



Publicado el 11/06/2020

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Términos mencionados en este fallo: alimentaria, prestación, conforme, sentencia, progenitores, normativa, justicia, demandado, encuentra, dependencia.



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