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SAC 9161141 - “Habeas corpus correctivo presentado por el Dr. Iván Mochkofsky s/habilitación de utilizar celular para Walter Rubén Choque Muñoz” - CÁMARA CIVIL, COMERCIAL, CRIMINAL, ACUSACIÓN, TRABAJO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, y FAMILIA DE RECESO EXTRAORDINARIO - PROVINCIA DE CÓRDOBA – 16/04/2020
Publicado por elDial.comCORONAVIRUS. HABEAS CORPUS CORRECTIVO. Interno que solicita se le permita el uso de teléfono celular en el establecimiento penitenciario, mientras se mantenga la suspensión total de las visitas. HABEAS CORPUS (art 43 CN): concepto. Tipos. COVID-19: análisis de la situación global. DNU 297/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional. Medidas tomadas por el servicio penitenciario a fin de mantener el contacto familiar de los internos (entrega de tarjetas telefónicas, habilitación de computadoras con Skype, etc.). Riesgos que implica la tenencia de teléfonos celulares por parte de los internos. Ausencia de agravamiento ilegítimo de las condiciones carcelarias. DERECHO DE COMUNICACIÓN DE LOS INTERNOS CON EL EXTERIOR que no se ha vulnerado. No se hace lugar al habeas corpus interpuesto. Se encomienda al Servicio Penitenciario la continuidad del uso de tecnologías para garantizar el derecho de comunicación de los internos, en función de la evolución de la situación de pandemia.
Citar: elDial.com - AABC01
Publicado el 21/05/2020
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Términos mencionados en este fallo: corpus, medidas, habeas, situación, penitenciario, correctivo, coronavirus, análisis, nacional, suspensión.