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Expte n° 94282/2008 – “P. A. c/ S. A. C. s/ Medidas Precautorias” – CNCIV – SALA J – 13/09/2011
Publicado por elDial.comPROTECCIÓN DE EMBRIONES CRIOCONSERVADOS. Tratamiento de fertilización asistida iniciado por un matrimonio. Separación de hecho de los cónyuges. OPOSICIÓN DEL MARIDO A IMPLANTAR LOS EMBRIONES. Necesidad de reunir el consentimiento conjunto de los progenitores para llevar a cabo dicho implante. MEDIDA CAUTELAR. Pretensión de suplir la voluntad paterna vía judicial. PROCEDENCIA. Progenitor que desde que accede al tratamiento acepta la paternidad biológica. Suscripción de un contrato que prevé expresamente el procedimiento en caso de disolución del matrimonio. Doctrina de los actos propios. Persona humana. Inicio de la existencia desde la concepción en el seno materno. Inclusión del concebido en forma extrauterina o “in vitro”. Protección constitucional del derecho a la vida y a la integridad. CORRESPONDE CONCEDER AUTORIZACIÓN PARA EL IMPLANTE DE LOS EMBRIONES
Citar: elDial.com - AA6F4B
Publicado el 22/09/2011
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Términos mencionados en este fallo: embriones, tratamiento, fertilización, asistida, matrimonio, implante.