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octubre  25, 2025

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 15688/2024/CA001 – “A. A., V. D. c/ EN - M Salud de la Nación - Registro del Programa Cannabis - Ley 27350 s/ Amparo Ley 16.986” – CNACAF – SALA V – 18/09/2025

Publicado por elDial.com

DERECHO A LA SALUD. RECHAZO DE ACCIÓN DE AMPARO TENDIENTE A QUE SE ORDENE LA INSCRIPCIÓN Y ALTA EN EL REGISTRO DEL PROGRAMA DE CANNABIS (REPROCANN). Se confirma el pronunciamiento apelado. Falta de acreditación de arbitrariedad y/o ilegalidad manifiestas para la procedencia del amparo. Consideración que las normas sobre procedimiento son de aplicación inmediata y a nadie le asiste un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos ni a su inalterabilidad. Resulta aplicable la exigencia prevista en el artículo 5 de la Resolución Nº 1780/2025 del Ministerio de Salud, respecto de que el médico que indique el uso del cannabis y sus derivados debe acreditar conocimientos específicos en tal uso. Requisito razonable con relación a la finalidad perseguida por el marco normativo establecido por las Leyes 27.350 y 27.669, vinculado a cuestiones de salud pública y seguridad pública. Art. 43 de la CN. Costas en el orden causado.

Citar: elDial.com - AAECB5

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Términos mencionados en este fallo: cannabis, amparo, artículo, registro, programa, reprocann, arbitrariedad, ilegalidad, manifiestas, procedencia.



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