Resumen del Fallo Volver >
66938/2019 - “Ghergo, Pablo NahUEL c/ Urzi, Agustin Jose Alberto y otros s/ordinario” – CNCOM – SALA F – 28/05/2025
Publicado por elDial.comPREJUDICIALIDAD PENAL. SUSPENSIÓN DEL PROCESO CIVIL. ARTÍCULO 1775 CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. ACCIÓN CONTRACTUAL. Actora apela la providencia que dejó sin efecto el llamado de autos para sentencia frente a la denuncia de la promoción de actuaciones penales en su contra. Necesidad de evitar pronunciamientos jurisdiccionales contradictorios que explica y justifica que la prejudicialidad penal deba ser observada aún de oficio por el juez civil, so riesgo de producir la nulidad del fallo. Prejudicialidad que resultará de aplicación siempre que un juicio civil se encuentre íntimamente vinculado al resultado de un proceso penal. Acciones que deben nacer del mismo hecho porque si no fuera así las sentencias a dictarse no tendrían influencia alguna en la solución de la otra causa. Calificación de los hechos con los cuales se sostiene la acción penal que no parece que incida determinantemente sobre lo que constituye la pretensión por incumplimiento contractual aquí planteada. Existencia de ciertos puntos de contacto entre las circunstancias allí denunciadas y las que se debaten en estas actuaciones que no resultan suficientes para tornar aplicable el artículo 1775 del Código Civil y Comercial. Dictado de sentencia en este expediente que resulta procedente pues no aparece intrínseca la conexión con el hecho ilícito denunciado en la causa penal. Se revoca el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AAE951
Copyright 2025 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: prejudicialidad, proceso, comercial, sentencia, contractual, actuaciones.
SUSCRIBITE PARA VER EL FALLO COMPLETO
LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE
