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mayo  23, 2025

(5411) 4371-2806

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Expte. L - 128540 - “P. R. D. c/ Ente Administrador Astillero Río Santiago y otro/a s/ incapacidad absoluta (art. 212 LCT)” - SCBA - 15/04/2025

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INCAPACIDAD ABSOLUTA. ARTÍCULO 212 LCT. EXTINCIÓN DEL VÍNCULO. APLICACIÓN DE TOPE. ARTÍCULO 245 LCT. Trabajador sufrió una incapacidad absoluta que extinguió el vínculo del trabajo en los términos del artículo 212 LCT. En primera instancia se ordenó el pago de la indemnización del artículo 245 sin aplicación del tope previsto en el tercer párrafo. La SCJBA revocó la sentencia. Sin perjuicio de la naturaleza jurídica de la indemnización que consagra el cuarto párrafo del art. 212, éste prevé un modo de extinguir el contrato de trabajo y una indemnización de “monto igual a la expresada en el art. 245”. Tal literalidad expresa que las pautas para liquidar una y otra son equivalentes. Debe revocarse lo decidido en grado en cuanto ordenó calcular la indemnización del art. 212, cuarto párrafo, sin aplicar tope alguno. INDEMNIZACIÓN ARTÍCULO 2 LEY 25323. PROCEDENCIA. El incremento previsto por esta norma resulta procedente pues no se debe como consecuencia del despido, sino por la mora del empleador en el pago de las indemnizaciones que reparan sus consecuencias. La causa y el objetivo del recargo del art. 2 ley 25323 difieren sustancialmente de los que atañen a las reparaciones derivadas del despido. Ante la falta de pago en término del resarcimiento, es aplicable el incremento indemnizatorio.

Citar: elDial.com - AAE8C1

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Términos mencionados en este fallo: indemnización, trabajo, incapacidad, absoluta, párrafo, artículo, previsto, artículo, trabajador, aplicación.



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