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Expte. Nº 10.865/24 - “Línea 102 – Sargento Cabral S.A. c/C.N.R.T. (Ex. 37325957/24) s/servicio público de autotransporte ley 21.844 – art. 8” – CNACAF – SALA II – 13/12/2024
Publicado por elDial.comSERVICIO PÚBLICO URBANO DE PASAJEROS. REVOCACIÓN DE MULTA A LÍNEA DE COLECTIVO POR VIOLAR EL RÉGIMEN DE FRECUENCIAS DEL SERVICIO. HUELGA DE CHOFERES. EXIMENTE DE FUERZA MAYOR. ACTO ADMINISTRATIVO. Vicios en la motivación. Autoridad de aplicación que no ha tomado debida razón ni consideración de los elementos fácticos relevantes. Consideración que frente una retención total de tareas por parte de los choferes, no resulta razonable reprocharle a la actora que no hubiera cumplido con la frecuencia normal del servicio como así tampoco con la intimación a reanudar el mismos. Se ordena la restitución de las sumas abonadas
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Términos mencionados en este fallo: servicio, fuerza, pasajeros, choferes, administrativo, aplicación, colectivo, eximente, motivación, autoridad.