Resumen del Fallo Volver >
Expte. 6634195 - “Rucci, Sonia Lorena c/ Cooperativa de Vivienda y Consumo Horizonte LTDA - Ordinario - Despido” - TSJ CÓRDOBA - SALA LABORAL - 23/08/2024
Publicado por elDial.comRELACIÓN DE DEPENDENCIA. COOPERATIVAS. SOCIO EMPLEADO. CASACIÓN. LCT. Cámara del Trabajo consideró que entre el reclamante y la Cooperativa demandada existió vínculo laboral; por lo que ordenó el pago de indemnizaciones y sanciones por fraude laboral. La Sala Laboral del TSJ revocó la sentencia. La presunción derivada de la prestación de servicios cede ante la demostración de los supuestos que la propia norma autoriza como excepción; en el caso, la legitimidad de la figura cooperativa de la demandada. La relación se encuentra regulada en este último marco. El trabajo es la contribución que por excelencia se realiza a las cooperativas de trabajo. Conforme lo ha resuelto la jurisprudencia mayoritaria, no pueden ser tildadas en fraude al régimen laboral. La cooperativa de autos cumple con las exigencias legales. El actor solicitó ser socio de la cooperativa bajo la forma de prestar servicios personales para aportar a su vivienda, teniendo derecho a voto y a impugnación. El riesgo económico de la actividad fue asumido en forma colegiada por todos los miembros de la entidad, incluyendo al reclamante. EL REQUERIMIENTO DE SERVICIOS NO SIGNIFICA SIN MÁS OFERTA DE TRABAJO DEPENDIENTE. La situación no encuadra en las previsiones del art. 27 LCT porque la norma alude a sociedades de tipo comercial, sin que resulte extensible a las cooperativas por las diferencias que existen entre ellas: participación activa de los miembros, ausencia de fines de lucro y el riesgo tomado de modo colectivo. La relación del reclamante con la cooperativa es de tipo asociativo porque el trabajo prestado es en cumplimiento del contrato de adhesión para adquirir una vivienda. En el caso de autos es incompatible la calidad de socio con la de trabajador. Si quienes efectuaran prestaciones personales fuesen a su vez trabajadores en relación de dependencia, quedaría en juego la existencia misma de la cooperativa.
Citar: elDial.com - AAE3BE
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: cooperativa, trabajo, laboral, cooperativas, demandada, vivienda, dependencia, reclamante, horizonte, prestación.