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abril  4, 2025

(5411) 4371-2806

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Expte. 20837/2020 - “P. N. J. c/ Instituto Modelo Proyecto 2000 Asoc. Civil s/ despido” - CNTRAB - SALA X - 17/05/2024

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MOBBING. ACOSO LABORAL. DOCENTE. DESPIDO INJUSTIFICADO. La actora, docente de un instituto educativo, decidió darse por despedida invocando actos de hostigamiento, persecución, tratos injuriantes y ofensivos. El Juzgado de Primera Instancia y la Cámara consideraron injustificada la decisión de darse por despedida. EL MOBBING ACONTECE CUANDO UNA PERSONA, O UN GRUPO DE ELLAS, ADOPTA UNA CONDUCTA HOSTIL O ARBITRARIA CONTRA UN TRABAJADOR QUE AFECTA SU DIGNIDAD Y SU SALUD PSICOFÍSICA PARA DISMINUIRLO O DESPRESTIGIARLO EN EL ÁMBITO DE LA EMPRESA CON LA FINALIDAD DE ELIMINARLO DEL CARGO QUE OCUPA O INDUCIRLO AL ABANDONO DEL EMPLEO. Es necesario diferenciar el acoso de tensiones ordinarias que subyacen en toda comunidad de personas y que pueden estar presentes en el ámbito laboral. No todo conflicto entre el trabajador y su superior puede calificarse como acoso. DAÑO MORAL. El reconocimiento de una indemnización por daño moral necesita la configuración de un ilícito civil en los términos de los arts. 1737, 1738 y 1741 del CCCN. En el caso no se ha acreditado un ejercicio irrazonable de las facultades del empleador. FAMILIAR TESTIGO. Cabe realizar un análisis de idoneidad de la declarante en virtud de su vínculo de parentesco familiar directo con la pretensora. Al resultar imprecisos los dichos de la hermana de la actora, corresponde restarle valor convictivo.

Citar: elDial.com - AAE0C7

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Términos mencionados en este fallo: laboral, despido, actora, instituto, injustificada, decisión, trabajador, despedida, hostigamiento, persecución.



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