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julio  27, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. 5187/2023 Incidente Nº 1 – “ACTOR: Sociedad Italiana de Beneficencia de Buenos Aires - DEMANDADO: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – Res. conjunta 25/MSGC/ENTUR/MJGGC/20 s/inc. apelación” – CNACAF – SALA I – 23/04/2024

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MEDICINA PREPAGA. TEST COVID 19. MEDIDA CAUTELAR. Orden al GCBA que se abstenga de exigir a la actora, el pago de cualquier suma de dinero pretendida en razón de los testeos realizados unilateralmente en virtud de la normas impugnada, y/o exigir el pago de las facturas ya emitidas o a emitirse en relación al recupero del costo de los Test COVID-19 de Dispositivo Turistas, incluyendo la promoción de ejecuciones fiscales o actuaciones administrativas. Se desestiman los agravios ofrecidos por la parte demandada. Verificación del requisito de verosimilitud del derecho. Consideración que la magistrada de grado ha brindado razones que llevan a considerar preliminarmente que la parte demandada carecería de competencia para reglamentar cuestiones aplicables a las Entidades de Medicina Prepaga alcanzadas por el Marco Regulatorio de la Medicina Prepaga, en tanto ello implicaría avanzar sobre un régimen vigente nacional, en la esfera competencial asignada por la Ley 26.682. MEMORIAL. Requisitos. Art. 265 del CPCCN.

Citar: elDial.com - AAE073

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Términos mencionados en este fallo: medicina, prepaga, cautelar, demandada, requisito, aplicables, nacional.



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