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11895/2022 – “Green Leaf Farms International Inc. y otro c/ Green Leaf Farms S.A. s/ordinario – CNCOM – SALA B – 06/03/2023
Publicado por elDial.comEXCEPCIÓN DE ARRAIGO. Demandada apela la resolución que desestimó la excepción de arraigo opuesta. GARANTÍA QUE DEBE PRESTAR EL ACTOR QUE NO TIENE DOMICILIO EN EL PAÍS, NI BIENES EN ÉSTE, CUANDO EL DEMANDADO LO OPONE COMO DEFENSA, Y PRETENDE ASEGURAR EL PAGO DE LOS GASTOS DEL PROCESO FRENTE A LA EVENTUALIDAD DE SU RESULTADO. Defensa establecida en el artículo 348 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Norma que ha quedado tácitamente derogado por el artículo 2610 del Código Civil y Comercial de la Nación. Principio de igualdad de trato procesal. Ciudadanos y residentes permanentes en el extranjero que gozan del libre acceso a la jurisdicción para la defensa de sus derechos e intereses, en las mismas condiciones que los ciudadanos y residentes permanentes en la Argentina. Imposibilidad de imponerles ninguna caución o depósito, cualquiera sea su denominación en razón de la calidad de ciudadano o residente permanente en otro Estado. Igualdad de trato que se aplica a las personas jurídicas constituidas, autorizadas o registradas de acuerdo a las leyes de un Estado extranjero. Se confirma el decisorio recurrido.
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Términos mencionados en este fallo: defensa, comercial, igualdad, artículo, procesal, ciudadanos, domicilio, demandado, pretende, asegurar.