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Expte. N° 100.918 - "B, A L C/ I, G M S/ compensación económica" - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE DOLORES (Buenos Aires) – 20/10/2022
Publicado por elDial.comCOMPENSACIÓN ECONÓMICA. VIOLENCIA DE GÉNERO. Se confirma la demanda por compensación económica a favor de la conviviente. VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA. Actora dejó en forma intempestivamente el domicilio como consecuencia de la situación de violencia de género sufrida por su expareja. El demandado mantuvo sus actividades laborales durante y después de la convivencia. Incrementó su propio patrimonio. Actora dejó de estudiar y trabajar para dedicarse a la vida familiar. Descenso en el nivel de vida gozado en el transcurso de la unión concubinaria con el demandado
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Términos mencionados en este fallo: económica, violencia, demandado, compensación, vulnerabilidad, intempestivamente, situación, familiar.