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Expte. N° 1-68193-2021 - "C. M. G. Y OTRO/A S/ autorización judicial" - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE AZUL (Buenos Aires) - SALA I – 13/06/2022
Publicado por elDial.comCRIOPRESERVACIÓN DE EMBRIONES. LEY 26.862. TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA. BIOÉTICA. Apelación del Fiscal General contra decisorio de grado que autorizaba, a petición de las partes (pareja divorciada), la desvitrificación y descarte de embriones de una clínica de salud reproductiva. FALLO ARTAVIA MURILLO. ART. 19 DEL CCYC: INTERPRETACIÓN. VACÍO LEGAL. El embrión no es considerado persona y, por tanto, puede ser ordenada su destrucción. Respeto a la autonomía de la voluntad. Negar la destrucción del embrión sabiendo la intención de las partes podría presentar el absurdo de que la mujer solicite la implantación del embrión para luego requerir un ABORTO. Se confirma la sentencia de grado apelada. Se desestima el recurso de apelación
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Términos mencionados en este fallo: embriones, embrión, voluntad, asistida, autonomía, destrucción, concepción, apelación, descarte, respecto.