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diciembre  26, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte N° 2006/2021 – “S, G. L y S, V. S. R. V, A. R s/ Venias y Dispensas” - TRIBUNAL COLEGIADO INSTANCIA ÚNICA CIVIL DE FAMILIA 4° NOM – ROSARIO (Santa Fe) – 11/2021

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VENIA JUDICIAL. SUBROGACIÓN DE VIENTRE. ART 19 CN. INCAPACIDAD DE CONCEBIR O DE LLEVAR UN EMBARAZO A TÉRMINO. VOLUNTAD PROCREACIONAL. AUTONOMÍA REPRODUCTIVA. TRANSFERENCIA DE EMBRIONES a través de gestación por sustitución. ART 558 CCyC. Técnicas reproductivas como fuente de filiación. LEY 26.862. Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción médicamente asistida. “Síndrome de Rokitansky” o carencia de útero de la madre procreacional. ACUERDO DE GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN suscripto con la madre de la actora en calidad de madre gestante, sin remuneración. INCONSTITUCIONALIDAD ART 562 CCYC en tanto dispone que los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien da a luz, sin reconocer la maternidad de la mujer que ha expresado su voluntad procreacional mediante el consentimiento informado. Se autoriza la realización de transferencia de embriones a través de gestación por sustitución. Inscripción del nacimiento por ante el Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas como hijo o hija de los padres intencionales. Una vez que se produzca el nacimiento acompañar en autos el certificado de nacido vivo realizado por la autoridad médica.

Citar: elDial.com - AAC9BC



Publicado el 03/01/2022

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Términos mencionados en este fallo: filiación, técnicas, gestación, sustitución, procreacional, embriones, embarazo, voluntad, transferencia, reproductiva.



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