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Expte. Nº 1-61012-2016 - "C. O. R. C/ G. P. V. s/filiación" - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE AZUL (Buenos Aires) – SALA PRIMERA – 16/08/2016
Publicado por elDial.comFILIACIÓN. Acción de impugnación de reconocimiento extramatrimonial iniciada por quien reconoció voluntariamente a un niño como su hijo biológico, a sabiendas de que no lo era. RECONOCIMIENTO COMPLACIENTE. Irrevocabilidad. ARTÍCULOS 582, 583, 588, 589, 590, 593 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Distinción entre derecho a la identidad e identidad biológica. Interés superior del niño. Falta de legitimación activa. Conducta que podría encuadrarse en una figura delictiva. SE CONFIRMA LA SENTENCIA QUE RECHAZÓ LA DEMANDA. Se ordena que se le informe al adolescente acerca del derecho a ser asistido por un abogado del niño y de las acciones con las que cuenta si resulta de su interés ser desplazado de su actual filiación paterna
Citar: elDial.com - AA9942
Publicado el 09/09/2016
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Términos mencionados en este fallo: reconocimiento, derecho, identidad, biológica, filiación, extramatrimonial, comercial, impugnación, acciones, reconocedor.
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