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diciembre  26, 2024

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Construcciones jurídicas en Propiedad Intelectual a partir del Nuevo Código Civil y Comercial

–Parte I–

Por Paula Tiemesmann y Lucas Lehtinen

Publicado por elDial.com


"El Código Civil y Comercial Argentino representa un cambio profundo en el derecho común, que influye decididamente en el derecho marcario. Así, determina el contexto de su interpretación, las pautas que deben orientar al juzgador, haciendo especial énfasis en la buena fe y en evitar el daño y el abuso del derecho. De este modo, procura una clara consagración de la idea de prevención y el respeto por los derechos y bienes jurídicos de otros, complementando los avances que esta rama especial del derecho –la propiedad intelectual- ya había tomado de los ordenamientos internacionales. Sin duda, representa un avance, aunque inconcluso, por cuanto no se ha aprovechado la oportunidad para regular temas especiales que tienen gravitación en el área específica del ordenamiento que tratamos, como ser la cuantificación de la responsabilidad por daños, la mención más acabada de la materia y el reconocimiento del valor de los intangibles como derechos. No obstante, el derecho de marcas lejos de permanecer aislado por la ley especial que lo regula, se ve influenciado por las regulaciones específicas en materia de contratos, contrato de franquicia, prevención del daño y criterios interpretativos de las circunstancias adjetivas que brindan apoyo y orientación al juzgador al momento de evaluar un decisorio, con el principio de razonabilidad y sana crítica que el análisis de los casos jurídicos requieren."

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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, especial, comercial, representa, juzgador.

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