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abril  23, 2025

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Fuerza ejecutiva de las decisiones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia de Bs. As. Breves nociones sobre el testimonio y el procedimiento de cumplimiento de los denominados fallos en la Ley 10.869

Por Carlos Enrique Cairo

Publicado por elDial.com


“El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires (en adelante, el Tribunal de Cuentas) es un organismo de control administrativo con funciones jurisdiccionales previsto en el artículo 159 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que tiene como función el examen de las cuentas de percepción e inversión de las rentas públicas, tanto provinciales como municipales, estableciendo, determinada su aprobación o desaprobación, la indicación del funcionario o funcionarios responsables, como también el monto y la causa de los alcances respectivos. En consonancia con la manda constitucional, la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas N° 10.869 establece expresamente en su artículo 35 que las decisiones del Tribunal de Cuentas tienen fuerza ejecutiva, en tanto se cumplan los supuestos de procedencia establecidos en su artículo 33. En este sentido, el objetivo del Trabajo Final Integrador estará dirigido a efectuar un tratamiento analítico y descriptivo de la fuerza ejecutiva (o ejecutividad) de las decisiones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Así, entendemos por ejecutividad a la cualidad jurídica que se le reconoce a la Administración para proceder a realizar los actos y operaciones que la ejecución del acto comporta, en tanto gozan de la presunción de legitimidad de ser emitidos conforme al ordenamiento (presunción iuris tantum que subsiste mientras no se declare lo contrario por el órgano competente), lo que equivale a afirmar que estos tienen fuerza obligatoria y que pueden llevarse a la práctica (Hutchinson, 2010:81). De este modo, nuestro Trabajo partirá de la premisa de que dicha cualidad jurídica fue prevista por el legislador en la Ley Orgánica, teniendo una manifiesta intención de conferir obligatoriedad y puesta en práctica de las decisiones o los denominados “fallos” del Tribunal de Cuentas.”

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Términos mencionados en esta doctrina: cuentas, tribunal, decisiones, provincia, buenos, honorable, cumplimiento, ejecutiva, testimonio, artículo.

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