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Contratos de locación con destino habitacional ¿Renace el debate en torno a su indexación, moneda de pago y períodos de ajuste?
Por Leonel Javier Ciliberto
Publicado por elDial.com
“… el DNU 70/2023 tal vez pueda generar un efecto completamente adverso al que sus elaboradores tuvieron en mente. Probablemente, fortalecer aún más a la parte fuerte del contrato produzca tensiones en el plano fáctico que desencadenarán múltiples conflictos en el ámbito jurídico. (…) La crisis económica cada vez más profundizada impacta, sobre todo, en los débiles. Los locatarios de los contratos de locación habitacional son débiles contractuales. Y como si esto fuera poco, también afecta los negocios de los locadores, cuya inseguridad jurídica aumenta. Cuando los conflictos derivados de los contratos de locación habitacional celebrados a partir de la vigencia del DNU 70/2023, originados en la falta de pago del canon locativo, su excesiva onerosidad sobreviniente a causa de la aplicación de índices desequilibrados y períodos de ajuste abusivos, la imposibilidad parcial o total de adquirir moneda extranjera si el pago se requiere de esta manera, y tantos otros que podemos imaginar, comiencen a atravesar la instancia judicial y esto derive en la interposición de demandas de nulidad, allí es donde pongo toda mi esperanza inquebrantable en la justicia, que será la encargada de manifestarse acerca de la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 70/2023 y, consecuentemente, proceder a la integración de todos aquellos contratos que se tornarán revisables.”
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Términos mencionados en esta doctrina: contratos, locación, habitacional, conflictos.
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