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Los costos de la cuarentena en algunos ejemplos concretos
Por Luis Alejandro Rizzi
Publicado por elDial.com
“Si, como correspondería, el Poder Judicial declarara la nulidad insanable de todos los DNU, no decididos según el procedimiento constitucional, decretados inconstitucionalmente, la cosa no ofrecería mayores dificultades, la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios y empleados, seria lógica y flagrante, como dijimos antes. La cuestión versaría simplemente sobre el monto de los perjuicios y el monto de las respectivas indemnizaciones. Sin embargo, la cuestión más práctica se da entre las partes de los contratos cuya prestación se vio “frustrada” cuando haya desacuerdo en el modo de resolver el entuerto. En mi opinión diría que desde luego ninguna de las partes tiene responsabilidad alguna en el incumplimiento de su prestación, por lo tanto lo que aconsejaría la buena fe, sustento del derecho, seria -en los casos posibles- posponer los cumplimientos pendientes, para una nueva fecha. Pueden existir casos, en los que también con absoluta buena fe, una parte desee resolver el contrato y obtener el reintegro de lo que hubiera pagado. Este supuesto presenta aristas complicadas por razones obvias, la perdida, diría casi diaria, de valor real del dinero comparada con su valor facial o nominal, consecuencia de la inflación, la pérdida de valor con relación a otras monedas, como lo son el dólar estadounidense y el euro y en este caso las diferentes cotizaciones de esas monedas según el Mercado Único y Libre de Cambios, MULC en adelante, y otros mercados en lo que el dólar cotiza con otro valor, superior al del MULC, pero que en verdad no cotizan el precio de una moneda, sino el precio de un cambio de acciones o bonos nominados en diferentes monedas, de donde en verdad se está cotizando un precio de una operación de bolsa, que determina un precio diferencial en nuestra moneda, pero que no es un precio consecuencia del derecho monetario.”
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Términos mencionados en esta doctrina: ejecución, constitucional, responsabilidad, reintegro.