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Suspensión de ejecuciones de expensas. Inconstitucionalidad. Modelo escrito relacionado
Por Juan Antonio Costantino
Publicado por elDial.com
“Con fecha de promulgación: 27/05/2020, fecha de publicación: 28/05/2020 y Número de Boletín Oficial: 28779, la ley 15.172 ha comenzado a tener vigencia en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. El artículo 1°, que consta de 7 incisos, anuncia “suspéndese en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires hasta el 30 de septiembre del corriente año: Inc. 6) Ejecuciones de crédito por expensas comunes. Este inciso constituye un verdadero desatino legislativo propio de quien desconoce la importancia que tiene la recaudación de expensas para la supervivencia de la vida consorcial y sus integrantes como personas físicas. Ello nos ha motivado de inmediato a la confección de un escrito judicial para ir presentándolo en cada una de las ejecuciones de expensas que tenemos en curso, de los casi 600 consorcios de los cuales somos abogados en la ciudad de Mar del Plata.”
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Términos mencionados en esta doctrina: expensas, provincia, ejecuciones.