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Tierra del Fuego y el peligro de la falta efectiva de representación. Sesiones virtuales en el Congreso Argentino.
Breve comentario al fallo “Fernández de Kirchner, Cristina en carácter de Presidenta del Honorable Senado de la Nación” de la CSJN: obiter dictum, o expresiones colaborativas, versus holding
Por Ernesto Löffler
Publicado por elDial.com
“La Corte Suprema en el comentado precedente “Fernández de Kirchner”, a través de sendos obiter dictum o “expresiones colaborativas”, brinda la posibilidad de que las autoridades del Congreso utilicen herramientas que eviten la paralización del Congreso. Sostuvo, centralmente, dos cosas: a) que nuestra Constitución Nacional no prohíbe las sesiones remotas o virtuales del Congreso; y b) que, además, ambas Cámaras del Poder Legislativo cuentan con atribuciones para dictar normas infraconstitucionales que habiliten nuevas herramientas tecnológicas o efectuar la hermenéutica de las disposiciones normativas ya existentes, a los efectos de habilitar mecanismos que hagan posible las sesiones total o parcialmente virtuales.”
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Términos mencionados en esta doctrina: congreso, sesiones, virtuales, fernández, kirchner, expresiones, colaborativas, herramientas.