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julio  18, 2024

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Principios de Derecho Internacional de los Derechos Humanos aplicables en estado de emergencia COVID-19 y el uso de la fuerza por parte del personal policial. La obligación de comunicar su adopción a Naciones Unidas y a la Organización de Estados Americanos

Por Carolina Loayza-Tamayo y Oscar L. Fappiano

Publicado por elDial.com


“El COVID-19 ha atacado a todos los pueblos del orbe, por lo que los respectivos gobiernos vienen declarando la emergencia sanitaria y adoptando una serie de medidas tendientes a superar las graves consecuencias causadas por este virus, para controlar el cumplimiento de esas disposiciones por parte de la población en general; de ahí que la Relatora especial de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Sumarias, Extrajudiciales o Arbitrarias, haya elaborado una “Guía”, dirigida a todos los Estados parte de la Organización respecto del uso de la fuerza por los funcionarios encargados de aplicar las leyes de emergencia sanitaria. Medidas que, de un modo u otro, resultan bastantes semejantes entre sí, por lo que la experiencia recogida en su aplicación en un país, bien puede servir de ejemplo en los demás; de ahí que a la iniciativa de analizar su aplicación en el Perú, se suman los comentarios respecto a la Argentina. La crónica diaria nos pone de manifiesto que hechos similares ocurren en ambos países, como podrán apreciarlo los lectores. Ello integra la primera parte del presente trabajo.”

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Términos mencionados en esta doctrina: emergencia, derechos, obligación, naciones, organización, sanitaria, controlar.

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