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Efectos de la pandemia en los contratos civiles y comerciales
Por Tomás Patrignani y Matías Krause
Publicado por elDial.com
“Las medidas tomadas para combatir la pandemia tienen incidencia en la economía de los países y el nuestro no está exento (…) numerosos contratos se verán alterados en su cumplimiento normal. En efecto, la imposibilidad de circulación de las personas -salvo los supuestos de excepción- frente al aislamiento social obligatorio que se ha dispuesto, sumado a la afectación y agravamiento de la situación económica, seguramente tendrán incidencia en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes. La situación es por demás extraordinaria e imprevista: las circunstancias tenidas en cuenta por las partes a la hora de contratar han cambiado y el desenvolvimiento de sus negocios se ha trastornado. Ante ello, el gobierno nacional ha dictado medidas transitorias para paliar los efectos negativos de la crisis en el cumplimiento de algunos contratos civiles y comerciales.”
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Términos mencionados en esta doctrina: contratos, economía, cumplimiento, pandemia, incidencia, imposibilidad.