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El poder sancionatorio de la Superintendencia de Seguros de la Nación en el año 2021
Por María José Sanchez
Publicado por elDial.com
La Ley N° 20.091 le atribuyó a la SSN la facultad punitiva sobre sus regulados con el fin de erradicar prácticas que eviten la transparencia del mercado asegurador y la confianza en el mismo. La SSN reviste el carácter de garante de la confianza pública sobre la actividad aseguradora mediante sus diversas facultades, incluida la sancionatoria. Pero esa facultad guarda correlación con el deber que tiene de velar por un mercado transparente y confiable mediante la erradicación de todas aquellas prácticas tendientes a lo contrario. Por tal motivo, una política sancionatoria eficiente y sostenible, en la que prime el principio de proporcionalidad o gradualidad entre la gravedad de la conducta sancionada y la sanción aplicable, permitirá cumplir con ese cometido.
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Términos mencionados en esta doctrina: confianza, facultad, prácticas, mediante.