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La Resolución General 1 del 2022 de la Inspección General de Justicia o el eterno problema argentino de encontrarle conflictos a las soluciones
Por Ángel Mariano González
Publicado por elDial.com
“La resolución en comentario resulta inconstitucional, por cuanto la Inspección General de Justicia, carece de facultades para imponer restricciones donde, en nuestro caso, la Ley General de Sociedades, no lo hace. (…) El Inspector General de Justicia, violentó el principio que ordena, en el artículo 75, inciso 12, que la potestad legislativa se encuentra en el Congreso de la Nación, no en el Poder Ejecutivo Nacional.”
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Términos mencionados en esta doctrina: general, justicia, sociedades, artículo, resolución, comentario, inspección, restricciones, inspector, principio.