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Enfermedades Inculpables. Cómo proceder y cómo liquidar
Por Juan Pablo Chiesa
Publicado por elDial.com
“El trabajador tiene la obligación de dar aviso al empleador de su enfermedad. Lo debe hacer por algún medio fehaciente. El medio más usual es un llamado telefónico a la empresa, puesto que, si padece de altas fiebres le es imposible estar de pie o salir a la calle para enviar un telegrama dando aviso de su enfermedad. Es muy frecuente, en la actualidad, que los trabajadores se tomen la atribución de enviar mensajes de textos, mensajes de WhatsApp o hasta incluso, llamar al celular del empleador. El aviso más frecuente y usado es el llamado telefónico a la empresa dando aviso de su enfermedad o dolencia. El trabajador una vez que retome sus tareas normales y habituales en la empresa, lo primero que debe hacer es entregar el certificado médico firmado por el facultativo en donde éste indicó su dolencia y los días de reposo justificando sus días de ausencia laboral. De este modo, la empresa le reconocerá los días como “enfermedad justificada” y serán pagos…”
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Términos mencionados en esta doctrina: enfermedad, trabajador, empleador, telefónico.