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El proyecto de Ley para la creación de Comités Mixtos de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo
Por Sebastián Moreno Fleming
Publicado por elDial.com
“Históricamente, en la República Argentina, la prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo se rigen por la Ley de Riesgos del Trabajo y sus normas reglamentarias (Ley 24.557, art. I, 1). Asimismo, existe una basta legislación sobre salud y seguridad laboral. Es decir, que para estos fines, ya existen diversas herramientas. (…) No obstante, llamativamente, desde el Poder Ejecutivo Nacional surge una iniciativa de ley que permitirá la conformación de un comité integrado por personas trabajadoras y empleadoras, que estará centrado en la prevención de siniestros laborales.”
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Términos mencionados en esta doctrina: trabajo, prevención, riesgos, seguridad, ambiente.