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La escasez probatoria no impide una sentencia justa.
Relevancia de la carga de la prueba y las presunciones para la solución de casos
Comentario al fallo: "Rodriguez Andres Emanuel y Otra c/ Seifert Cristian Alcides y Otro s/ ordinario (de indemnización de daños y perjuicios- accidente de tránsito)" de la Cámara de Apelaciones de Paraná (Entre Ríos) – Sala Tercera.
Por Sergio Juniors Shwoihort
Publicado por elDial.com
“El fallo en comentario toma enserio los hechos -la cuestión fáctica- y el derecho aplicable al caso, en un adecuado diálogo de fuentes, adoptando una solución medida, anclada en argumentos pertinentes y con una mirada firmemente posada en la realidad. No cabe sino concluir, que también se ha cumplido con la función axiológica, y se ha hecho justicia en el caso concreto.”
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Términos mencionados en esta doctrina: probatoria, solución, comentario, argumentos, realidad.