Resumen de la Doctrina Volver >
La atención telefónica a los usuarios debe ser brindada por call centers nacionales, y por personas debidamente preparadas, para que la información brindada a los usuarios resulte ajustada a derecho
Por Flavio Lowenrosen
Publicado por elDial.com
“… consideramos que resulta esencial para proteger el derecho a la información de los usuarios, que éstos sean informados tanto personal como telefónicamente por personal debidamente capacitado y que conozca las condiciones normativas que regirán la relación de consumo, como también las sociales en las que se va a ejecutar el contrato.”
Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en esta doctrina: usuarios, información, personal, relación, debidamente, proveedor, brindada.
SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA
LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE
![](https://www.eldial.com/nuevo/nuevo_diseno/v2/img/swiper_loader.gif)