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julio  18, 2024

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Resumen de la Doctrina Volver >

Acerca del alcance de la potestad del ENRE para resolver reclamos de los usuarios por daños en artefactos o instalaciones

Por María Eugenia Páez

Publicado por elDial.com


“El usuario de servicios públicos encuentra protección en normas de carácter constitucional, legal y reglamentario. En concreto, la reforma de 1994 introdujo en el artículo 42 de la Constitución Nacional un expreso y amplio reconocimiento de los derechos de consumidores y usuarios de bienes y servicios, encontrándose expresamente incluidos dentro de dicha tutela los usuarios de servicios públicos. En este sentido, por mandato constitucional las autoridades públicas están obligadas a ejercer en forma plena y continua sus funciones, con la finalidad de proteger el universo de derechos reconocidos en la cláusula constitucional referida.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: constitucional, usuarios, servicios, públicos, derechos, procedimiento.

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