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junio  30, 2024

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Para reformar la administración de justicia no hay que deslegitimar a jueces y fiscales

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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Para reformar la administración de justicia no hay que deslegitimar a jueces y fiscales

Por Carlos A. Chiara Díaz

En los último tiempos vemos con preocupación cómo desde ciertos sectores de poder y/o con compromisos políticos definidos se utilizan expresiones peyorativas para decisiones judiciales que a su criterio favorecen a corporaciones e intereses espúreos y con ello obstaculizan avances revolucionarios en beneficio del pueblo.-  

 

Invocan su condición mayoritaria en las últimas elecciones por guarismos superiores al cincuenta por ciento (50%) que, sin embargo, no pueden traducirlo en leyes y disposiciones que se apliquen efectivamente por decisiones judiciales contrarias que obstaculizan el fiel cumplimiento del mandato popular.-  

 

A su parecer el control de constitucionalidad asignado al Poder Judicial debiera encontrar su límite para no entorpecer el funcionamiento de los otros poderes elegidos por el pueblo, sino el esquema institucional se distorsiona por el gobierno de los jueces.-  

 

Tal visión alcanzó su punto máximo cuando como respuesta se planteó la necesidad de “democratizar” la justicia y obtener la “legitimación” de la Magistratura y el Ministerio Público, llegándose hasta proponer la elección directa de los jueces por el pueblo y por períodos determinados o, al menos, que todos los miembros de los Consejos de la Magistratura que los elijan, sancionen o sometan a enjuiciamiento político sean elegidos por el pueblo, aunque representen a los académicos, abogados y magistrados judiciales. Eso sacaría de una grave decadencia moral, que extrañamente no había alcanzado a los otros poderes y funciones del Estado, quienes estarían exentos de corrupción, vicios y repudios y, por ende, en condiciones de asumir en beneficio de la sociedad la tarea redentora de aquéllos a través de medidas genéricamente enunciadas pero aún no plasmadas en determinaciones concretas y fundadas dentro de un plan integral que abarque lo federal y las provincias.-  

 

Es más, sin ruborizarse se incluye la decisión de hacer pagar el impuesto a las ganancias sobre los sueldos judiciales como principal medida para “democratizar” la justicia, cuando todos los sindicatos peticionan en las calles y por cualquier vía encontrar que el producto del trabajo tribute por ser inconstitucional, sin dar tampoco explicaciones de cómo incidirá para mejorar las actividades jurisdiccionales y no afectar la intangibilidad reivindicatoria que es un principio básico de su independencia.-  

 

No parece correcto ni práctico ese proceder, aunque se lo enmascare de querer enaltecer la función judicial y garantizar que la misma abra cauce a una justicia más efectiva y convincente, que esté más cerca de la gente común y se aleje de las teorías académicas y el discurso engolado de los profesionales del derecho, que nadie entiende ni soporta en sus resultados, en la cual coincidimos muchos.-  

 

Pareciera que la finalidad real es castigar a los jueces por dictar fallos adversos al gobierno, desmerecer las decisiones judiciales y someterlas a la desconfianza pública como si fueran producto de la adscripción a ciertas ideologías o por responder a corporaciones mediáticas y económicas, con lo cual se socava el edificio institucional diagramado en la Constitución Nacional y se siembra el descreimiento en el sistema judicial de la República, pervirtiendo el equilibrio de poderes y la posibilidad que los jueces actúen como contrapoder en beneficio de los derechos ciudadanos, a partir de los principios de legalidad e igualdad y en resguardo de la paz social.-  

 

Si no fuera así, se hubieran ofrecido a la discusión pública cuestiones de mayor envergadura y coherencia con el anhelo de conseguir una genuina injerencia del pueblo, en vez de detenerse solo en la elección popular de las personas del ámbito académico y científico, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal, mencionados en el artículo 114 de la Constitución Nacional para integrar el Consejo y alcanzar el equilibrio con la representación de los órganos políticos resultantes de la elección por el pueblo, esquema propuesto que torna indispensable reformar la Constitución Nacional para que también se elijan a través de los partidos políticos en elecciones periódicas esos representantes de los jueces, abogados y académicos, que hasta ahora son elegidos en sus respectivos ámbitos sin haberse presentado problemas o vicios que justificaran tal modificación.-  

 

Tampoco se fundamentó en que incidiría para incrementar el rendimiento judicial y reforzar la seguridad ciudadana en las calles de la República que se generalice la obligación de presentar declaraciones juradas por los magistrados y funcionarios -que en algunas provincias, como Entre Ríos, por ejemplo, existe desde hace más de sesenta (60) años-  o que se facilite la concurrencia de la gente para apreciar el trabajo realizado en los tribunales, que ahora se restringe al juicio oral y público en los conflictos penales y que bien podría analizarse de ser extendido a todos los procesos.-  

 

Distinto sería nuestro criterio si se hubieren recogido en un plan integral y coherente, sin agraviar para nadie, los adelantos y avances logrados en el orden nacional y en algunas provincias en reiteradas propuestas de los Colegios de Magistrados y Abogados y/o de doctrinarios de reconocido prestigio, a saber:  

 

-   Proyecto de reforma integral del Código Penal Argentino, presentado el 31/08/2006 y elaborado por una Comisión designada en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, lo cual trabajó ad honorem sin cobrar nada durante dos (2) años.-

-   Proyectos de nuevos C.P.P acusatorios para la Nación, denominados “Beraldi” y “Albrieu”, que permitirían superar la imposibilidad de juzgar en tiempo razonable los delitos complejos, tal cual quedó en evidencia contundente en los juicios contra los militares acusados de delitos de lesa humanidad, a la vez que obtener procedimientos abreviados de derivaciones tempranas por parte de los fiscales instructores, posibilitando acuerdo que resuelvan total o parcialmente un gran porcentaje de conflictos, según se verifica en Entre Ríos, por ejemplo.-

-   Proyecto para establecer los juicios populares para ciertos delitos y con integración que permita emitir sentencias con fundamentación suficiente e impugnable; como también extenderlos progresivamente a los ámbitos civil y comercial, laboral y contencioso administrativo.-

-   Instalación de Defensorías barriales y de juzgados de pequeñas causas.-

-   Creación de mesas de atención permanente en los edificios de tribunales, tal cual existen en Entre Ríos y Córdoba desde hace muchos años y con excelentes resultados.-

-   Instalación de Juzgados de Familia, Jóvenes y de violencia de género y doméstica.-

-   Implementación de las Policías de Investigaciones Científicas  para actuar en beneficio de Fiscales y Jueces a partir de la comisión de los hechos delictivos y en coordinación con la labor preventiva de la Policía Administrativa.-

-   Instaurar la capacitación judicial continua para ingreso, ascenso y actualización de empleados, funcionarios, jueces y abogados.-

-   Análisis y mejoramiento de las tareas de gestión en oficinas y juzgados.-

-   Preparación para construir y remodelar ámbitos edilicios adecuados para las tareas judiciales y de los Ministerios Públicos.-

-   Instrumentar un fondo federal para las necesidades de la justicia argentina, que elimine progresivamente diferencias injustificadas en ese servicio esencial entre el ámbito federal y las provincias.-

-   Organizar áreas de comunicación informática y virtual, que sustente la nueva cultura superadora a partir del expediente de las actuaciones digitales que brinden celeridad, transparencia y eficacia a la opinión pública.-  

 

Esas y otras medidas deben encararse en planes integrales y progresivos, producto del diálogo y el consenso, no de proposiciones  agresivas, espasmódicas, incoherentes con las finalidades proclamadas y/o pensadas como respuesta política con el objetivo de atemorizar y dominar a sectores judiciales.-  

 

Cabe concluir en que el esquema de transformación requerido hay que sustentarlo para hacerlo viable en el respeto cabal y no solo declamado de la independencia de los jueces, fiscales y defensores, quienes tienen que actuar además debidamente capacitados y actualizados, con imparcialidad, impartialidad y respeto de los derechos humanos, la convicción sincera de trabajar para enaltecer una función insoslayable del Estado de Derecho y evitar un clima permanente de violencia y conflictos en las calles y en las relaciones interpersonales.-

Citar: elDial.com - CC33E1

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